Leemos en Iustel que el Juzgado de lo Mercantil número 9 de Barcelona ha declarado nula por abusiva la obligación que impone Ryanair a los menores de 14 años de llevar el DNI y el pasaporte para poder viajar entre aeropuertos españoles.
La Sentencia declara nula esta cláusula contractual que incluye la aerolínea irlandesa en sus billetes porque "vulnera lo dispuesto en el Plan Nacional de Seguridad Aérea (PNS)" de España, que permite a los menores viajar con el libro de familia en los vuelos nacionales cuando van acompañados por sus padres.
El juez considera que la cláusula de Ryanair es "nula de pleno derecho", tal y como establece el artículo 6. 3 del Código Civil, que impide imponer una obligación contraria a una ley ya establecida.
El Reglamento europeo 300/2008 estableció unas normas comunes obligatorias para todo el espacio aéreo europeo, pero dejó a los Estados miembros la libertad de regular cómo se iba a aplicar dentro de su territorio, y en España, el citado Plan Nacional de Seguridad Aérea (PNS)" de España permite a los menores viajar con el libro de familia en los vuelos nacionales cuando van acompañados por sus padres.
Las low cost y los abusos sobre los consumidores
Las aerolíneas low cost ofrecerán buenos precios, pero son un nido de incumplimientos como ya han denunciado la asociación de consumidores Facua en su informe sobre la venta de billetes de avión de 37 compañías aéreas (veinticuatro de ellas anunciaban precios inferiores a los que finalmente cobraban a los usuarios).
De hecho, en enero informábamos de que un Juzgado de Barcelona (Juzgado de lo Mercantil nº 1) declaraba nula por abusiva la cláusula de Ryanair por la que, o el pasajero imprime por su cuenta la tarjeta de embarque online o le cobraba 40 euros por su emisión en el aeropuerto.
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