El Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid ha eliminado la plusvalía por el reparto de inmuebles tras un divorcio y una herencia.
¿Se generalizará esta tendencia al resto de España?
El concepto de transmisión está sujeto a interpretación
El Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid ha eliminado la plusvalía por el reparto de inmuebles tras un divorcio o una herencia. En caso de divorcio, la derogación del histórico impuesto es aplicable siempre que uno de los propietarios decida mantener el inmueble y otro lo rechace. En caso de herencia, se considera que la titularidad cambia de forma obligatoria, no es por tanto una transmisión propiamente dicha. Desde el Ayuntamiento aseguran que el fallo del tribunal es “discutible” y afirman que han cobrado la plusvalía “hasta hace apenas unos meses con criterios jurisprudenciales porque considerábamos, al igual que los tribunales, que en pisos pro indiviso había transmisión”. Aseguran que otros tribunales hablan de reparto, en lugar de transmisión, términos que permiten distintas interpretaciones.
La situación actual afecta también a quienes ya abonaron esta plusvalía, ya que su carácter retroactivo permite solicitar la devolución del desembolso en caso de que aún no haya prescrito. En este sentido, José Manuel Carro, abogado de Cuatrecasas, asegura que ” lo primero en este tipo de situaciones es informar a la Administración por escrito de que se ha hecho un ingreso indebido y que ésta lo reconozca para posteriormente devolver lo que se abonó más los intereses”. Sin embargo, las posibilidades de recibir de vuelta la cantidad pagada son muy reducidas, pero no está de más asesorarse jurídicamente.
http://noticias.pisos.com/la-plusvalia-desaparece-en-madrid-para-herencias-y-divorcios/16532/
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