Desde que el Gobierno anunciará la rebaja del IVA en la compra de vivienda nueva, se han levantado innumerables voces a favor y en contra. Esta medida fiscal que sitúa el impuesto en el 4%, frente al 8% anterior, también genera dudas. El concepto de vivienda nueva, requisito esencial para poder beneficiarse de esta rebaja, no está necesariamente ligado a la edad del inmueble. La Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, se refiere a este término como la “primera entrega”, es decir, “la realizada por el promotor que tenga por objeto una edificación cuya construcción o rehabilitación esté terminada”. Por lo tanto, estrenar una casa no significa que sea nueva. Partiendo de esta definición, el portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Enrique García, ha asegurado que las viviendas que las entidades bancarias han adquirido llevan la etiqueta de ‘vivienda usada’, ya que la primera transición es la que se hizo cuando el inmueble nuevo pasó de los promotores a las cajas y bancos. Contando con el importante papel que están jugando las entidades bancarias en el mercado inmobiliario, éstas se posicionan como uno de los grandes beneficiados por la reforma del Gobierno. García aconseja consultar en Hacienda si la residencia que se pretende adquirir ya fue transmitida anteriormente.
http://noticias.pisos.com/que-se-entiende-por-vivienda-nueva/17436/
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