Hay cientos de empresas de mudanzas y portes que están a nuestra disposición en Internet, en carteles pegados por doquier en la calle, en farolas, fachadas, en la guía telefónica, en la salida de tiendas de muebles.
La Ley está de nuestra parte y regula una serie de obligaciones para las empresas de mudanzas y portes y nos reconoce una serie de derechos que aquí te contamos:
Nombre, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa,
Nombre y domicilio del cliente,
Fecha y lugar de recepción y entrega de los objetos,
Existencia de objetos cuyo transporte esté sujeto a regulación especial,
Tipo de mercancía y número de objetos a cargar,
Indicación sobre la necesidad o no de utilizar embalajes especiales, de tener que realizar desmontaje, montaje, colocación de muebles, etc.
Precio desglosado del servicio contratado, impuestos incluidos,
Seguro.
Por eso, antes de encargarlo es conveniente informarse sobre el coste de elaboración del presupuesto o sobre si este es gratuito, aunque hay que desconfiar de los presupuestos hechos a distancia sin presencia de un representante de la empresa de mudanzas que pueda hacer una visual del encargo.
El precio de la mudanza depende de los siguientes aspectos:
metros cuadrados de la vivienda,
cantidad, tamaño y embalaje de los objetos a trasladar,
número de operarios necesarios y
facilidad del acceso al inmueble de recogida y al de entrega.
Nombre y apellidos o denominación social, domicilio, identificación fiscal y número de teléfono de la empresa de mudanza,
Nombre, apellidos y domicilio del cliente,
Derechos y obligaciones de las partes,
Descripción del servicio solicitado,
Fecha y lugar de carga y descarga de los objetos,
Fijación de la cuantía de la responsabilidad asumida por la empresa,
Seguro contra daños y deterioro de los objetos,
Precio total, con desglose de descuentos o incrementos por servicios especiales (por ejemplo, embalajes especiales, monta-muebles, colgar lámparas, etc.), impuestos y modalidad de pago,
Forma a través de la que el consumidor puede poner fin al contrato y cuantía de la indemnización,
Procedimiento de resolución de litigios,
Firma de las partes.
Cuando el contrato se formalice por teléfono o por internet, el consumidor tiene derecho a solicitar una copia por escrito.
Se concretará con el cliente, al menos 48 horas antes, la fecha de prestación del servicio, así como los horarios previstos de llegada al domicilio y entrega en la dirección de destino. En caso de que no pueda realizarse el servicio, se comunicará al cliente lo antes posible.
Este tipo de contrato garantiza al consumidor que la empresa de mudanzas se responsabilizará de todos los desperfectos que puedan sufrir los objetos durante el desplazamiento, y de que se cumplan todas las garantías detalladas en él.
Las empresas de mudanzas que dispongan de contratos-tipo están obligadas a tenerlos expuestos al público y el consumidor tiene derecho a solicitar una copia de este formulario para informarse de las condiciones antes de contratar los servicios.
Número de factura,
Nombre, domicilio y número de identificación fiscal de la empresa,
Nombre y domicilio del usuario,
Precio total con descripción de las operaciones realizadas y el IVA,
Fecha y firma del prestador del servicio y del cliente.
El pago del servicio se efectuará de la forma y por los medios que hayan acordado las partes (en metálico, transferencia, etc.).
Por pérdida o deterioro: salvo otro tipo de acuerdo, hasta el límite de 4,50 € por kilogramo,
Por retraso en la entrega de la mercancía: no podrá exceder, salvo otro tipo de acuerdo, del precio del transporte.
El usuario puede reclamar por los siguientes daños:
Daños aparentes: son los que se perciben de manera externa en el momento de la entrega; es entonces cuando el consumidor debe reclamarlos. La reclamación puede realizarse en la copia del inventario que el cliente debe firmar al transportista.
Daños no aparentes: concluida la mudanza, el cliente dispone de 24 horas para reclamar. La queja debe dirigirse por escrito a la empresa de mudanzas.
Cuando se cumplimente una de estas hojas, el consumidor debe quedarse con 2 de los 3 ejemplares auto-copiativos de los que consta la hoja de reclamaciones; y la empresa puede reflejar su opinión en el impreso. Además la empresa tiene que firmar o sellar los ejemplares.
El consumidor tiene que presentar la hoja de reclamaciones, ante la oficina de consumo más próxima al domicilio. Allí se ofrecerá información sobre si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo o al Arbitraje de Transporte, y sobre el organismo competente para tramitar la reclamación, en caso de que se desee solicitar un arbitraje.
No hay comentarios:
Publicar un comentario