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jueves, 23 de diciembre de 2010

Fiscalidad premios lotería: ¿se pagan impuestos?

Si te ha tocado la lotería de navidad -o por si algún día te toca ;-), debes saber que los premios del organismo nacional de loterías y apuestas del estado (onlae) están exentos de pagar impuestos. Esto incluye la lotería de Navidad (nacional), las quinielas, la primitiva, la bonoloto, etc. Así se señala en el apartado ‘ñ’ del artículo 7 de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del irpf. Por lo tanto, estos tributan al 0%.

Lo mismo ocurre con los premios de loterías de las comunidades autónomas, la once o la cruz roja española. Por el contrario, sí tributan como ganancias de patrimonio y deben pagar impuestos lo obtenido en bingos o concursos en general, como los de la tele.

Solamente algunos premios literarios, artísticos o científicos están exentos si cumplen ciertos requisitos. Para ello, el organizador debe pedir al ministerio de hacienda que los declare exentos y que aparezca en el boe.

Pese a todo esto, debe tenerse en cuenta que si el premio cae en una persona jurídica (empresa, partido político, etc) y no una persona física, no disfrutaría de esa exención. Aquí hay que distinguir entre que los décimos de lotería estén a nombre de una empresa (sí pagaría impuestos) y que una empresa compre décimos y se repartan entre sus trabajadores (no pagarían impuestos los trabajadores).

¿Y pasado el primer año?

Tal y como explica la onlae, hay una creencia no cierta pero muy extendida en España de que los premios obtenidos en un sorteo de la onlae tributan al siguiente año.
Esto no es cierto. El premio siempre está libre de impuestos, lo que luego no está libre, lógicamente, son los beneficios devengados de dicho premio.

Por ejemplo, si usted obtiene un premio de 2 millones de euros al participar en un sorteo no tendrá que abonar ningún impuesto a hacienda en el año de cobrarlo. Pero supongamos que pasa un año y dicho importe le ha proporcionado, a través de su entidad bancaria, unos rendimientos de capital del 5%, ahora tendría 2.100.000 euros y tendría que declarar los 100.000€ de beneficios. Esos 100.000 euros serían los que sí tributarían de acuerdo a la ley tributaria, pero el premio en sí se mantiene sin tributación.

viernes, 17 de diciembre de 2010

Cinco respuestas sobre los impuestos a los premios de la Lotería de Navidad


Estás deseando que te toque la Lotería de Navidad pero, ¿has pensado lo que harás si ganas un gran premio? ¿Sabes si has de pagar impuestos? ¿Qué sucede si vendes tu décimo premiado a otra persona? Aquí tienes las respuestas a tus preguntas

1. ¿Has de pagar algún impuesto si ganas alguna cantidad en el sorteo de Navidad?
No. Los premios de las loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado (LAE) están exentos del pago de impuestos, tal y como se señala en el apartado ‘ñ’ del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.
2. Pero tal vez hayas oído que sólo están exentos de impuestos durante el primer año... ¿es eso cierto?
No. Se trata de una creencia muy extendida pero totalmente falsa: los premios de un sorteo de LAE están siempre libres de impuestos.
3. Si inviertes tus ganancias ¿has de pagar impuestos?
Sí, pero sólo por sus beneficios. Si, por ejemplo, inviertes el dinero ganado en un banco y, un año después, recibes el 5% de todo lo ingresado, deberás declarar a Hacienda ese 5%, que se tributaría de acuerdo a la Ley tributaria.
4. ¿Cómo puedes indicar que el importe de un premio proviene del sorteo de la Lotería de Navidad? ¿Y si es compartido?
Loterías y Apuestas del Estado tiene previstos mecanismos para que constes como beneficiario de su premio; de esta manera la Agencia Tributaria (AEAT) conoce la procedencia de dicho capital y no aplica ninguna tributación. También para el caso de los que comparten décimos premiados y quieren que conste el nombre de varios ganadores de cara a la execión fiscal.
5. ¿Qué sucede si vendes tu décimo premiado a otra persona a cambio de más dinero del que has ganado?
En esos casos se está contribuyendo a un delito de blanqueo de capitales, por lo que la persona que vende su décimo o boleto premiado por un importe superior está siendo cómplice de un delito de fraude contra la Hacienda Pública.
La Agencia Tributaria ha de saber de dónde procede el dinero para aplicarle las tributaciones correspondientes. Si es un premio de LAE, estará exento de impuestos. Pero el que vende su décimo o boleto premiado no podrá demostrar esta procedencia, por lo que deberá abonar los tributos correspondientes aplicados a los rendimientos de capital.
Además, el que vende un décimo o boleto premiado tiene que pagar finalmente un gran importe en impuestos, por lo que no obtiene beneficios al incurrir en este tipo de prácticas.