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jueves, 3 de noviembre de 2011

Alquilar un piso sale un 22% más barato que comprarlo

El alquiler de una vivienda sale un 22% más barato de media en comparación con el precio que supone financiar la compra de ese mismo piso, según indica un informe del portal inmobiliario 'facilisimo.com' a partir de los actuales precios de compraventa y arrendamiento, y los tipos de interés.

Ello arroja un ahorro mensual de unos 137 euros, unos 1.644 euros al año, según el estudio realizado sobre una vivienda media de setenta metros cuadrados de superficie.

A los actuales precios de mercado, alquilar este piso supone 483 euros mensuales, mientras que su compra, con una hipoteca a 25 años y a un euríbor + 0,75, implica pagar una letra de 620 euros al mes.

Según el informe de 'facilisimo.com', mientras que el precio medio de alquiler de los pisos siguió bajando en septiembre, concretamente un 1,48%, el de la vivienda de segunda mano repuntó un 0,21% durante el noveno mes del año y se anotó la primera subida del año.

El importe medio de arrendamiento acumula así un descenso interanual del 3,48% al cierre de los nueve primeros meses del ejercicio, según el análisis realizado por la firma sobre los inmuebles registrados en su portal.

No obstante, el mercado de alquiler sigue siendo muy heterogéneo, dado que oscila entre el descenso del 11% que el precio medio se anotó en septiembre en el País Vasco y el incremento del 8,33% registrado en Castilla-La Mancha. La renta de los pisos subió en septiembre en otras cuatro comunidades: La Rioja (+1,13%), Murcia (0,78%), Cataluña (+0,54%) y Aragón (+0,14%). Del lado de las caídas, después de la del País Vasco se situaron las de Castilla y León (-5,07%), Galicia (-4,52%) y Asturias (-3,65%).

De esta forma, Extremadura sigue siendo la región más económica para alquilar un piso, con un precio de 4,53 euros por metro cuadrado y mes, la mitad que lo que es precio pagar por la renta de una vivienda en el País Vasco (9,77 euros).

http://www.cincodias.com/articulo/vivienda/alquilar-piso-sale-22-barato-comprarlo/20111021cdscdsviv_3/

viernes, 28 de octubre de 2011

¿Cómo puedo mejorar las condiciones de mi hipoteca? Cambia de banco

ISTOCKPHOTO

Si echamos la vista hacia atrás, recordaremos que antes era muy habitual permanecer con la misma hipoteca en nuestro banco durante toda la vida del préstamo. Ahora, con las diferentes y atractivas ofertas del mercado, es cada vez más común cambiar de banco en busca de mejores condiciones para nuestra hipoteca.

Aunque no es un trámite complicado, la subrogación por cambio de entidad financiera sí que debe llevar consigo una labor de búsqueda y análisis para encontrar, por un lado, la hipoteca que mejor se adapte a nuestras necesidades y, por otro lado, la que conlleve menos gastos.

No sólo debemos fijarnos en el diferencial, sino que debemos estudiar el conjunto de la nueva propuesta que incluya, desde el precio final de la hipoteca hasta los productos asociados que tendremos que contratar.

Claves para la subrogación de tu hipoteca

La subrogación por cambio de entidad financiera es una forma de subrogación de la hipoteca que se entiende como el acto que supone el cambio de nuestro préstamo hipotecario de la entidad con la que asumíamos nuestra obligación de pago, a otra que nos ofrezca mejores condiciones.

Este cambio se produce por una mejora en los tipos de interés del préstamo, aunque también hay que tener en cuenta que deben permanecer en el nuevo contrato hipotecario con la entidad, otras cuestiones como el capital pendiente y el plazo para su amortización.

Indiscutiblemente, la subrogación debe suponer un ahorro tanto en la apertura como en la tramitación de la hipoteca, en caso de no serlo, no resultaría una operación acertada.

Aspectos a tener en cuenta

Antes de tomar una decisión precipitada, tendremos que valorar las ofertas, comparar distintas entidades y pedir información. Estos son algunos aspectos que debemos considerar para cambiar nuestra hipoteca:

  • Estudiar las comisiones de subrogación y de cancelación con la anterior entidad.
  • Si cancelas el contrato de préstamo hipotecario y abres uno nuevo, es posible que tengas que asumir el impuesto de actos jurídicos documentados, asesoría y gastos de notaría para la nueva hipoteca, así como contratar nuevos productos asociados, como los seguros que, aunque ya los hayamos pagado en nuestro anterior contrato, tendremos que abonarlos de nuevo. Para que signifique un verdadero ahorro, estos gastos no debería superar el 1% del valor del préstamo hipotecario.
  • No solicites aumentar el importe de la hipoteca ni el plazo de amortización si quieres ahorrar en gastos. También ahorrarás si la nueva entidad no cobra comisión de apertura o asumen los gastos de la subrogación, aunque para este último caso se debe ser un deudor con amplia solvencia.
  • No compensará un cambio de hipoteca cuando quede poco capital para amortizar, ya que los gastos no compensarán el mejor diferencial de la nueva entidad. En este caso, lo mejor será actualizar el tipo de interés y seguir abonando nuestras cuotas a la espera de que llegue la fecha de cancelación del préstamo.
http://www.yaencontre.com/noticias/noticias/opinion/como-puedo-mejorar-las-condiciones-de-mi-hipoteca-cambia-de-banco

El alquiler de vivienda se contagia del alza en la morosidad hipotecaria

Los impagos se disparan un 15,4% y la deuda media pendiente se eleva a 8.313 euros

La crisis disparó un 15,4% la morosidad de los alquileres en los últimos 12 meses y además se está contagiando del alza de los impagos hipotecarios. Según los últimos datos facilitados por el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM), la deuda media suma 8.312,88 euros.

El Fichero de Inquilinos Morosos es hoy por hoy el único registro que existe a nivel nacional de las personas físicas y jurídicas que tienen deudas pendientes de pago en materia de arrendamientos urbanos, lo que incluye también a los locales, aunque mayoritariamente se trate de alquileres de viviendas. Pues bien, según las últimas cifras de las que dispone, del periodo comprendido entre el 30 de septiembre de 2010 y el 1 de octubre pasado, el número de impagados aumentó un 15,4% anual y la deuda media por proceso alcanzó los 8.312,88 euros, un 7% más que en 2010.

Gracias a la información que facilitan los arrendadores y los profesionales en la gestión de alquileres, el fichero dispone de datos para todo el territorio nacional, aunque sus responsables admiten lo costoso que resulta una exhaustiva explotación estadística de los mismos. Así, se puede conocer que por comunidades autónomas, los mayores incrementos en el número de morosos corresponde a Andalucía, con el 24,69%; la Comunidad Valenciana, con el 20,12%; Madrid, 17,79%; Murcia, 16,47%, y Cataluña, con un 15,93%. Por contra, las regiones que contabilizaron un menor avance de la morosidad fueron Cantabria, con el 1,32%; La Rioja, con un 1,82%; Canarias, 1,85%, y Navarra, con un 2,33%.

Dación en pago

En cuanto a la deuda media que los inquilinos dejan de pagar, esta oscila de manera significativa según los territorios, como consecuencia de lo dispares que pueden llegar a ser los precios de los alquileres en una región y otra.

Así, mientras la media nacional se situó en esos 8.312,88 euros, Madrid lideró el ranking con 16.037,09 euros, seguida de Murcia, con 12.196,44 euros y Baleares, con 9.664,53 euros.

Durante la presentación de estos números, el director general del FIM, Fernando Sánchez Frutos, aseguró que la morosidad del alquiler no ha dejado de crecer desde 2007, fecha en la que comenzó a elaborar este estudio (en 2009 lo hizo un 13,7% y en 2010 un 16,8%). Lo peor es que advirtió que todo parece indicar que seguirá haciéndolo ante el agravamiento de la crisis económica y también "por la falta de una legislación clara que haga más difícil la posibilidad de dejar de pagar la renta y que no pase nada en mucho tiempo". Sánchez reveló que, de facto, se está produciendo un trasvase de la morosidad hipotecaria al alquiler, ya que aquellos que tienen problemas para pagar su hipoteca, en muchos casos acaban viviendo de alquiler y si su situación no mejora, terminan siendo inquilinos morosos. En este sentido, el director general del FIM recordó que en el ámbito del arrendamiento sí existe la dación en pago, ya que las deudas se saldan con la devolución de las rentas impagadas y el desahucio de la casa.

Precisamente lo que tardan los propietarios en recuperar su vivienda es lo que más les preocupa a la hora de alquilar y, en opinión de Fernando Sánchez Frutos y el socio fundador del despacho de abogados colaborador del FIM Lusilla & Asociados, Sergio Lusilla, aunque las últimas reformas legales son buenas, necesitarán de más medios para llevarlas a la práctica. En 2010 se produjeron 29.579 sentencias sobre litigios en arrendamientos, 28.190 por impago de las rentas, según el INE. Pese a que tienen desbordados a los escasos funcionarios destinados a estos procesos, este volumen de litigiosidad no deja de ser bajo, apenas del 1,5% del parque de pisos en alquiler.

Mejor prevenir que esperar al desalojo

Los expertos recomiendan, como en tantos otros ámbitos de la vida, prevenir antes que curar. Es decir, que antes de proceder a alquilar su vivienda a alguien "que le parezca simpático y responsable", debería poder realizar un estudio de su solvencia a precios razonables. Así, para consultar en el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) si la persona a quien está pensando arrendar su casa se ha visto envuelta o no en los últimos seis años en un proceso judicial por impago de rentas basta con entrar en su página web www.fimiberica.com y pagar unos 10 euros de media por consulta. La inscripción en el FIM de un inquilino con el que se ha tenido problemas, por contra, es gratuita, aunque eso sí, deberá ser debidamente acreditada la deuda que tiene con el arrendador. Desde el FIM y el despacho Lusilla & Asociados esperan que la reciente reforma legal que agiliza los plazos procesales reduzca a la mitad los 10-12 meses mínimo que se tarda en desalojar a un moroso.

El paro se consolida como principal problema

El Barómetro de opinión del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) de octubre acentúa el pesimismo económico de los españoles. El paro (para el 81% de los encuestados) y las dificultades económicas (el 51,3%) son para cada vez más ciudadanos los mayores problemas del país, mientras al mismo tiempo se asienta la preocupación por la sanidad y la educación. Por contra, el terrorismo baja escalones en la clasificación, informa Europa Press.

La encuesta dada a conocer ayer se basa en 2.472 entrevistas personales realizadas en 238 municipios entre los días 1 y 9 de octubre, nada más arrancar la precampaña de las elecciones generales y antes del anuncio de ETA de abandonar la actividad armada.

Al ser preguntados por la situación económica del país, el 86% no duda en calificarla de "mala" o "muy mala", un porcentaje que hasta ahora era del 81%. Solo un 1,4% la considera "buena" y nadie la ve "muy buena". Se trata del peor diagnóstico de la etapa de José Luis Rodríguez Zapatero como presidente del Gobierno.

Por si este pesimismo fuera poco, un 61,3% de los encuestados la considera peor que hace un año y un tercio considera que dentro de un año será aún peor. Eso sí, al preguntar al encuestado por su situación personal, el diagnóstico varía. Casi la cuarta parte asegura disfrutar de un estatus "bueno" o "muy bueno", porcentaje similar a quienes aseguran pasar por un momento "malo" o "muy malo".

La cifra

15 funcionarios había en 2005 en la Comunidad de Madrid para gestionar desahucios por impago de alquileres. Ahora, con el doble de casos, hay 20.

Recortes

Llama la atención la presencia entre los problemas que más preocupan de dos asuntos que hace un año apenas se mencionaban: la sanidad, que con un 7,8% ocupa el quinto puesto, y la educación, en séptimo lugar. El cambio es consecuencia del anuncio de recortes.

http://www.cincodias.com/articulo/economia/alquiler-vivienda-contagia-alza-morosidad-hipotecaria/20111027cdscdieco_1/

Casi 2.000 clientes del Banco Santander se acogen a su moratoria hipotecaria

  • 1.962 operaciones de aplazamiento que se han traducido en 404 millones
  • Carencia aplicada al capital del préstamo manteniéndose el pago de intereses
  • Medida para parados y para los que hayan perdido más del 25% de sus ingresos
Alfredo Sáenz. | Efe

Casi 2.000 hipotecados del Banco Santander con problemas económicos han tomado aire gracias a la moratoria en los pagos que lanzó la entidad. El banco ha cerrado un total de 1.962 operaciones en las que concede un periodo de carencia en el pago de las hipotecas a sus clientes en paro o que hayan perdido más del 25% de sus ingresos habituales. [Presenta resultados: Gana 5.303 millones hasta septiembre, un 13% menos]

Se trata de un producto que la entidad presentó el pasado 27 de julio y que comenzó a andar en agosto. Según ha explicado en rueda de prensa el consejero delegado de la entidad, Alfredo Sáenz, estas 1.962 operaciones de aplazamiento en el pago de las cuotas que se han traducido en un total de 404 millones de euros.

La entidad explicó, cuando anunció este plan, que en el caso de una hipoteca de 125.000 euros a 25 años y con un diferencial del 0,70%, esta medida supondrá un ahorro cercano a la mitad de la cuota, que pasaría en esos tres años de algo menos de 600 euros a unos 300.

Esta opción se ofrece a los particulares y a los trabajadores autónomos. La carencia se aplica al capital del préstamo, manteniéndose el pago de los intereses fijados en la hipoteca.

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/27/suvivienda/1319727531.html?a=23072b558efb878a9ed286ca80e9175b&t=1319789659

jueves, 27 de octubre de 2011

En la 'dación en pago' el alquiler de renta antigua da prioridad de compra

En el caso de la dación en pago de parte de un edificio con el objeto de saldar deudas, sólo los inquilinos con contrato de alquiler de renta antigua, los que se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos tendrán derecho de tanteo, mientras que los alquileres posteriores no lo tienen.

Así, lo reconoce la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), de 30 de junio de 2011, en la que también se admite que cuando lo que se da no es un edificio en su totalidad, sino todas las fincas cuya propiedad tiene en aquél el transmitente, debe tenerse en cuenta que en la Ley de 1964 no existía una previsión similar a la que contiene el artículo 25.7 de la Ley de 1994 que excluye el derecho de tanteo y retracto cuando la vivienda arrendada se vende conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble.

El Tribunal Supremo en sentencias de 21 de octubre de 2005 y 19 de octubre de 2006 dictaminó que aunque puedan aplicarse por analogía algunas de las normas de la compraventa, no por ello pueden ser identificados a todos los efectos ambos negocios jurídicos.

Por ello, indica la DGRN que existe una diferencia radical entre la regulación del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, que rige para los arrendamientos concertados mientras estaba vigente dicho texto legal y aquellos otros que se rigen por la vigente Ley de 1994, cuyo artículo 25.1 establece el derecho de adquisición preferente sólo para el caso de que la vivienda sea arrendada, por lo que, al no extenderlo a otros supuestos distintos al de la venta (como, por el contrario, hace el artículo 22 de la Ley de Arrendamientos Rústicos), no cabe aplicar el derecho de tanteo a la dación en pago.

Modificaciones legales

La disposición transitoria segunda de la Ley de 1994 establece que los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados antes del 9 de mayo de 1985 que subsistían en la fecha de su entrada en vigor, continuarían rigiéndose por las normas sobre el contrato de inquilinato del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, salvo las modificaciones contenidas en los apartados siguientes de la misma, en los que no se incluye la dación en pago. Por ello, determina la DGRN que estos inquilinos pueden ejercitar tal derecho.

La sentencia del Tribunal Supremo de 10 de noviembre de 2010 estableció que negar el derecho de retracto ejercitado al amparo de la Ley de 1964, por producirse una venta en bloque de varios pisos o locales de un edificio, supondría dejar en manos del propietario-arrendador y del nuevo adquirente la facultad de decidir si el arrendatario puede ejercitar o no un derecho que tiene legalmente reconocido.

Como consecuencia de estos razonamientos y dada la diferente de regulación entre los textos de 1964 y 1994, la DGRN resuelve la cuestión aplicando las disposiciones de la primera, que reconocen al inquilino los derechos de tanteo y de retracto, por lo que se acredita la obligación de notificar la cesión en pago, para que el inquilino los pueda ejercer en la dación en pago.

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/3465129/10/11/En-la-dacion-en-pago-el-alquiler-de-renta-antigua-da-prioridad-de-compra.html

La cuota hipotecaria y la amortización de capital

Las últimas noticias aseguran que el mercado de la vivienda tardará unos cinco años en volver a funcionar de manera normal. En un escenario de encarecimiento generalizado, los principales perjudicados por ahora, no dejan de ser todos aquellos que deben revisar su hipoteca en las próximas semanas, ya que no queda más remedio que adaptar a la nueva realidad del mercado el índice de referencia de los préstamos hipotecarios a tipo variable.
Los últimos datos recogen que la concesión de nuevas hipotecas en España cayó en los últimos meses más de un 40%

Los últimos datos recogen que la concesión de nuevas hipotecas en España cayó en los últimos meses más de un 40% respecto a los mismos meses del año pasado, intereses más altos para los que buscan hipotecas y condiciones más duras para aquellos que ya las tienen. Una situación que en muchos casos acaba revocando en una imposibilidad de hacer frente a los compromisos contraídos en cuánto al pago periódico de las cuotas del préstamo.

Por todo ello, es fundamental que se conozcan de antemano con tal de poder planificar nuestra economía doméstica y saber los pagos que debemos afrontar, los diferentes sistemas de amortización de préstamos y de hipotecas con diferentes modalidades de aplicación. Los tres más usados son:

1. El Sistema alemán o de amortización constante: se caracteriza porque el importe que se destina a la amortización de capital es constante mes a mes (Capital/Periodos). Durante la vida del préstamo la cuota mensual va decreciendo; por la reducción de los intereses pagados.

2. El Sistema americano: se pagan intereses periódicamente durante la vida del préstamo, a la vez se aporta dinero a un fondo para constituir el capital prestado y devolverlo al vencimiento del préstamo.

3. El Sistema francés o de cuotas constantes: las cuotas mensuales son constantes, lo que varía es la cantidad de intereses pagados (va decreciendo) y la amortización de capital (se va incrementado).

La cuota hipotecaria constante: el sistema francés

En España el sistema que se utiliza para calcular la cuota de los créditos y préstamos hipotecarios es el francés. Su característica principal es que la cuota mensual se mantiene constante, cada mes se acaba pagando la misma cantidad. Esto se cumple hasta el final del préstamo hipotecario en el caso de las hipotecas a tipo fijo.


La principal desventaja de sistema francés es que al final de la vida del préstamo se pagan más intereses que con el alemán, ya que la ‘partida’ destinada a intereses no se cubre en primeros años. Con el sistema alemán en cambio, las primeras cuotas son más altas, pero podemos estar seguros de que cuando llevemos la mitad del plazo pagando habremos pagado el 50% del precio real de la vivienda.

En las hipotecas a tipo variable la cuota se mantiene constante en cada periodo de revisión, variando cada vez que se revisa el interés (normalmente semestral o anualmente).

La cuota mensual (α) de la hipoteca está compuesta por dos factores: α = I + A

1. Cuota de intereses (I): es la cantidad de intereses que pagamos cada mes. Éste está influenciado por dos variables:

1. Tipo de interés efectivo: variable fijada por la entidad, según las condiciones el tipo de interés se renueva cada seis o doce meses.

2. Deuda pendiente: el importe que debemos al banco, mes a mes se reduce en función del capital que amortizamos.

2. Cuota de amortización de capital (A): es la cantidad destinada a reducir la deuda pendiente del préstamo hipotecario. La cuantía variará en función de la cantidad de intereses pagada (a menos intereses pagados, más amortizamos).

Caso práctico

Supongamos que tenemos una hipoteca de 200.000 con un tipo del interés del euribor+0,6% con un plazo de 30 años. Si el primer año el euribor hipotecario es del 1,526%, nuestro tipo de interés durante el primer año es un 2,126 % (1,526+0,6). El banco nos fija la cuota hipotecaria, según este tipo de interés, en 751,90 euros (200.000x(0,02126/12)). Esta cantidad en la primera cuota se destina:

Intereses (I): 354,33 euros.
Amortización de capital (A): 397,57 euros.
α = I + A = 354,33 + 397,57 = 751,90 euros


En la primera cuota pagamos casi la misma cantidad de intereses que de amortización, en el caso que el tipo de interés fuese más elevado podríamos llegar a pagar más intereses que amortización en las primeras cuotas.

Supongamos que el euribor hipotecario se ha mantenido durante toda la vida del periodo (algo excepcional ya que nunca ocurre, pero a efectos prácticos es muy efectivo) y que la última cuota es de 754,10 euros (es más elevada porque se paga todo lo pendiente). Cuando paguemos la última cuota 1 euro y 33 céntimos se destinan a pagar intereses, mientras que 752,77 euros son para amortizar el capital pendiente, finalizando así la hipoteca. Pagando una cuantía irrisoria de intereses en los últimos meses.


Financieramente, por tanto, hay que considerar la amortización de capital como forma para acortar el plazo y así reducir el total de intereses pagados, sobretodo si se realizan en los primeros años de la hipoteca. Un recurso atractivo a tener en cuenta en estos tiempos dónde se contempla la incesante subida del euribor y el encarecimiento de todas las hipotecas del mercado provocando el pago de unos intereses elevados. Y es que en definitiva, una adecuada proyección de la evolución de su préstamo hipotecario como tener la opción de una amortización parcial, nunca está de más con tal de evitar sorpresas desagradables en un futuro.

http://noticias.fotocasa.es/la-cuota-hipotecaria-y-la-amortizacion-de-capital__10413.aspx

El Defensor del Pueblo investiga los seguros de desempleo y de vida ligados a las hipotecas

Una nueva polémica se suma a las hipotecas. La Defensora del Pueblo, María Luisa Cava de Llano, ha abierto una investigación de oficio ante el Banco de España y ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones sobre los seguros de desempleo y vida que se asocian a la concesión de hipotecas.

Según se informa desde este organismo, se analizará la inoperatividad -denunciada por los ciudadanos- de los seguros de desempleo o vida que se han visto obligados a suscribir para acceder a un crédito hipotecario, con compañías aseguradoras que pertenecen al mismo grupo financiero que las entidades que les conceden el préstamo.

El actual contexto de crisis económica ha motivado la llegada de diversas quejas a la institución, que relatan la situación de ciudadanos que, tras haberse quedado sin empleo, han solicitado a las compañías la aplicación de la cobertura del seguro por desempleo y se les ha denegado.

El motivo que alegan las aseguradoras para no indemnizar es que los clientes carecen de un contrato laboral indefinido, lo que al parecer era un requisito de la póliza. La Defensora recuerda que las primas de dicha póliza son elevadas, al estar calculadas en función del préstamo concedido o de las cuotas mensuales.

Por otro lado, ha recibido también quejas de funcionarios y militares a los que las entidades bancarias han obligado a suscribir un seguro de vida y de desempleo ligado al préstamo hipotecario, a sabiendas de que no es probable que se queden sin trabajo.

En el caso de los militares, incluso, al tener un empleo de riesgo se les excluye de la cobertura de fallecimiento del seguro de vida.

Estos clientes, al conocer que no existe la posibilidad de cubrir la contingencia de desempleo, y la de fallecimiento en el caso de los militares, consideran que no ha existido una información clara, ajustada y transparente por parte de las entidades bancarias, por la falta de interés asegurable.

Por ello, han pedido a las compañías de seguros la anulación de las pólizas y la devolución de las primas abonadas, solicitud que está siendo rechazada, produciéndose un "enriquecimiento injusto", según la Defensora, de las compañías aseguradoras pertenecientes a las mismas entidades bancarias, que no han corrido ningún riesgo.

A juicio de la Oficina del Defensor del Pueblo no parece posible que las entidades bancarias excusen falta de conocimiento de la situación laboral de sus clientes, pues entre la documentación necesaria para conceder los préstamos hipotecarios se encuentra el contrato de trabajo o similar.

Por tanto, según este organismo, sabrían antes de obligar a suscribir las pólizas de seguro que no se cumple el requisito fundamental para desplegar la cobertura, el contrato laboral indefinido, lo que provoca la ausencia de interés asegurable. Además, esta opina que podría existir un conflicto de intereses por pertenecer tanto las entidades bancarias como las compañías aseguradoras al mismo grupo financiero.

Por ello, insta al Banco de España y a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a que informen sobre si tienen conocimiento de este problema, así como del número de reclamaciones que han recibido por este motivo y las soluciones aportadas.

A la oficina del Defensor del Pueblo le interesa también conocer las medidas previstas por la Administración para evitar que estas prácticas se sigan produciendo, dadas las consecuencias económicas negativas para los clientes. Con esta investigación, además, la defensora pretende averiguar si esta situación se ha generado también con compañías de seguros independientes de las entidades bancarias.

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/26/suvivienda/1319634258.html

miércoles, 26 de octubre de 2011

'The Wall Street Journal' dice que la burbuja inmobiliaria española ha sido la peor del mundo

"Lo asombroso es que la economía y los bancos del país sean aún tan resistentes". De este modo se refiere el diario 'The Wall Street Journal' al actual momento de la economía española y más concretamente a la burbuja inmobiliaria. El diario neoyorquino, "biblia" mundial de la economía, se asombra del caso español y considera que la burbuja inmobiliaria española "empeora".


El respiro del año pasado no fue sino el espasmo del moribundoEn opinión del periódico norteamericano asegura que "el estallido de la burbuja inmobiliaria en España no hace sino empeorar. Lo asombroso es que la economía y los bancos del país sean aún tan resistentes".

A partir del último dato del precio de la vivienda (descenso interanual del 5,6%), 'The Wall Street Journal' afirma que el caso español "es el peor estallido de una burbuja inmobiliaria en el mundo desarrollado, con el país ya metido de lleno en su tercer año consecutivo de descensos de los precios y sin ningún repunte".

El problema es la exposición de la banca

El diario echa mano de las metáforas para describir que el 2010 no fue un año tan malo como sí lo está siendo el 2011: "El respiro del año pasado no fue sino el espasmo de un moribundo".

La exposición del sector bancario al inmobiliario es alto y no ha disminuidoEl periódico de Wall Street apunta un dato: los bancos han otorgado a contructoras e inmobiliarias créditos por valor de 400.000 millones de euros. Al respecto ha preguntado al prestigioso Luis Garicano, catedrático de economía y estrategia de la London School of Economics, quien considera esta cifra la más peligrosa de las vinculadas al estallido de la burbuja, ya que indica que la exposición del sector bancario a este tipo de préstamos no ha disminuido.

'The Wall Street Journal' confirma lo que ya venimos contando desde hace meses. Si entramos en cualquier sucursal bancaria en España en busca de una hipoteca, "comprobarán que es mucho más fácil obtenerla si compran una de las muchas viviendas que el banco adquirió a alguna inmobiliaria quebrada".

Y añade que "muchos opinan que no hay prisa, porque la misma vivienda será aún más barata el próximo mes".

http://www.20minutos.es/noticia/1198994/0/burbuja/inmobiliaria/wall-street-journal/

¿Ha llegado la hora de apostar por las hipotecas fijas?

Una de las preguntas financieras más recurrentes es ¿Qué es mejor una hipoteca fija o una hipoteca variable? Es una pregunta sin respuesta o en el mejor de los casos podemos utilizar un "depende". La mejor hipoteca es la más barata, en principio, y el coste no lo determina el tipo de hipoteca sino su interés.


No nos llevaremos nunca sorpresas negativas como la escalada del EuríborDesde luego está también la seguridad, pero de poco nos vale saber que vamos a pagar un 9% de interés toda la vida de un préstamo si cualquier producto variable nunca lo va alcanzar.

Eso sí, no nos llevaremos nunca sorpresas negativas como la escalada del Euríbor de hace tres años, que creó serios problemas a miles de familias que habían contratado las hipotecas con cuotas ya de por si altas. En ese momento se llegó hasta a duplicar la cuota mensual en algunos casos cuando los tipos subieron 3 puntos y muchos préstamos a 40 años o más no amortizaban prácticamente nada de capital.

Estos problemas que han sido una de las causas de que la morosidad se disparara podría hacernos llevar a creer que las entidades financieras estén apostando más por las hipotecas fijas, que no dan sorpresas, pero aún así la diferencia de coste de intereses respecto a las hipotecas variables siguen siendo bastante altos y una apuesta por una hipoteca a tipo fijo es muy cara.

Hipotecas fijas más caras que las variables

Si excluimos las hipotecas para segunda vivienda, que tienen un plazo más corto, en la actualidad podemos encontrarnos bastantes ofertas de hipotecas a tipo fijo a 30 años con un tipo medio del 6%, casi cuatro puntos por encima del Euríbor. Siendo prudentes, encontramos hipotecas variables a Euríbor + 1%, el cual cotizando al 2,06% nos da una diferencia de casi tres puntos, es decir el Banco Central Europeo tendría que hacer al menos nueve subidas de un cuarto de punto del tipo de intervención para que el Euríbor se acercara al 5%.

En 108 meses de historia del Euríbor en 9 ocasiones superó la barrera del 5%Desde su creación solo superó la barrera del 5% en cinco meses del año 2000 y cuatro meses del 2008, en el que llegó a alcanzar el récord del 5,393% en el mes de julio, después de esa subida se derrumbó y tan solo un año después, en julio del 2009 cotizaba al 1,412%, casi cuatro puntos nuevos.

Así aunque podemos aplicar algo parecido a los folletos de productos de inversión y que “evoluciones de tipos de interés pasados no garantizan un mismo comportamiento en el futuro”, los número son claros en 108 meses de historia del Euríbor en 9 ocasiones superó la barrera del 5% y en 99 estuvo por debajo.

El coste de la seguridad

¿Qué nos cuesta apostar por una hipoteca fija? Para un préstamo de 150.000 euros a 30 años, un 6% supone pagar una cuota de 899,33 euros, mientras que si lo hacemos a Euríbor + 1% hoy pagaríamos, 637,27 euros, o lo que es lo mismo 262,06 euros mensuales, 3.144,72 euros al año.

Si los tipos subieran un punto porcentual, la cantidad a pagar sería de 721,32 euros, una diferencia de 178,01 euros al mes o 2.136,12 al año e incluso con el Euríbor al 4%, la diferencia con la hipoteca variable sería aún importante, 94,1 euros al mes o 1.129,20 euros al año. Un sobrecoste más que considerable que puede ser mayor si se aumenta el importe y/o plazo de la hipoteca.

Por ello, hasta que los bancos no apuesten por ofrecer hipotecas fijas con intereses más cercanos a los referenciales actuales (como sería al 4 o 4,5% como máximo) el consumidor que se decida por una hipoteca fija, está apostando por un préstamo que le puede costar mucho dinero. A cambio de la seguridad de pagar una misma cuota durante toda la hipoteca, eso sí.

http://www.20minutos.es/noticia/1197607/0/hipoteca/fija-variable/euribor/

Sin casa pero con hipoteca: dación en pago como alternativa

Desde que empezó la crisis económica, más de 300.000 familias han sido desahuciadas por no pagar su hipoteca. A pesar de haber dado las llaves de su casa al banco, tienen que pagar la deuda que no se ha cubierto en el momento de la entrega. Para evitar situaciones críticas como la que se vive hoy en día, las asociaciones de afectados y una parte de la ciudadanía apoyan la dación en pago como solución a un conflicto que afecta a miles de españoles. Proponen que cuando pagar sea imposible, la entrega de la casa ponga fin a la deuda con la entidad financiera. La dación en pago de manera retroactiva se utilizaría solo en determinados casos y estaría dirigida a deudores de buena fe que tengan como residencia habitual la casa hipotecada.

Ventajas

  • La deuda se extinguiría con la entrega de la vivienda. Esta es, sin duda, la principal ventaja que traería consigo la aplicación de esta fórmula. Hoy, las miles de familias que no pueden pagar la hipoteca deben dar al banco las llaves de la vivienda, buscar otro sitio en el que residir y devolver el dinero que deben a la entidad, con toda probabilidad a lo largo de décadas.

    La dación en pago permitiría que las personas que se han visto obligadas a abandonar su vivienda pudieran continuar su vida, empezar de cero con muchas dificultades, sin casa, sin ahorros, pero también sin arrastrar una deuda que les ahogue.

  • Los ciudadanos podrían beneficiarse de una situación similar a la que disfrutan las empresas. Los promotores que no han podido pagar las deudas han entregado sus pisos al banco y, con ellos, las obligaciones que tenían con las entidades financieras han quedado extinguidas. Pueden iniciar otros negocios y continuar otras promociones sin el estigma de aparecer en listas de morosos que les impidan acceder a cualquier tipo de crédito.

  • Disminuiría los elevadísimos gastos de demora. El impago de la hipoteca por parte de los clientes hace que, además del dinero que deben pagar al banco en concepto de capital, intereses y comisiones, tengan que abonar unos altísimos réditos por haberse retrasado. Son tan elevados, que con mucha frecuencia provocan que la deuda con la entidad llegue a ser el doble de lo que en inicio valía la casa.

    Con la entrega de la vivienda en el momento en que ya no fuera posible pagar, estos intereses se minimizarían. Los ciudadanos también se ahorrarían las costas judiciales del proceso, que agravan la situación económica por la que pasan.

  • Terminaría con el actual sistema de subastas. Es un procedimiento legal, pero injusto para quienes no pueden pagar su vivienda. Si esta sale a subasta y nadie puja por ella, la entidad a la que el ciudadano debe el dinero se la puede adjudicar por el 60% de su valor, una cantidad un 10% superior que la aplicada hasta ahora y que se modificó este verano a través de un Real Decreto, aunque todavía es insuficiente.

    El sistema pone trabas a los ciudadanos para participar en este tipo de subastas -si bien se han suavizado con la misma ley-, así es que el acceso a una vivienda por el sistema de pujas es complicado para los interesados en comprarla, algo que repercute de manera negativa sobre los propietarios que no pueden pagarla.

    El banco se queda con la casa por algo más de la mitad de su valor y puede ponerla de nuevo en venta con la ganancia de una elevada cantidad de dinero, mientras el cliente aún le paga el 40% restante, más los intereses de demora.

  • Dejaría de generar marginalidad y dramas sociales. La Ley Hipotecaria, la burbuja inmobiliaria que infló los precios y el sistema de subastas, unidos a la crisis económica y al paro, han generado una enorme bolsa de pobreza constituida por personas sin vivienda, sin trabajo, sin dinero y con una deuda que no se extinguirá hasta que fallezcan.

    Quienes trabajan tienen parte de su nómina embargada para pagar lo que deben a la entidad, pero la mayoría de quienes han dejado de abonar las mensualidades de la hipoteca lo han hecho porque ya no tenían un empleo y tampoco ahorros. Ahora se encuentran fuera de su casa, sin un sitio donde vivir con sus hijos y con unas malas expectativas laborales.

    En el mejor de los casos, quien trabaje podrá pagar la deuda poco a poco. Sin embargo, al figurar en listas de morosos, será muy difícil que pueda acceder de nuevo a una vivienda. Comprarla está descartado, pero tampoco le será fácil arrendarla por su historial crediticio.

    No solo le está vedado este tipo de financiación, sino también el pago a plazos de cualquier producto, la concesión de una tarjeta de crédito o el contrato de un servicio de telefonía que no sea prepago. La entrega de la vivienda evitaría espirales de pobreza.

  • Reduciría la economía sumergida. Muchas de las personas que han perdido su casa optan por aceptar trabajos no declarados como única solución para que no les embarguen la nómina. Aunque la cuantía que no se puede retener ha ascendido a 961 euros como consecuencia de las medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, no es suficiente para seguir adelante. Con la dación en pago, una parte de la economía sumergida desaparecería.

Inconvenientes

Las entidades advierten de las negativas consecuencias que tendría el hecho de verse obligadas a aceptar la dación en pago.

El impacto negativo sobre las cuentas de los bancos complicaría aún más la recuperación económica

  • Provocaría inseguridad jurídica. Su aplicación con carácter retroactivo supondría la intervención del estado en contratos ya firmados. Tanto los bancos como sus clientes firmaron de modo voluntario las condiciones de la hipoteca y ahora tienen que cumplirlas. La modificación de un contrato en vigor a posteriori sin que las dos partes estén de acuerdo no es posible, dicen, y generaría graves conflictos jurídicos.

  • La mala imagen exterior. El negativo impacto que tendría en las cuentas de los bancos estaría mal visto en un sistema global que tiene a algunos países de la Unión Europea en el punto de mira, y la recuperación económica sería aún más complicada. Según la Confederación Española de Cajas de Ahorro, la dación en pago perjudicaría incluso a la prima de riesgo de España.

  • Endurecimiento del acceso al crédito. Los bancos ya han avisado de que las condiciones de financiación al conceder una hipoteca empeorarían si se ven obligados a aceptar la dación en pago. Aseguran que el 97% de las personas que cumplen con sus obligaciones con la entidad se verían perjudicadas si se modifica la normativa, frente al 3% restante que no afronta los pagos y saldría beneficiado.

  • El porcentaje de financiación sería menor y el plazo más reducido. La dación en pago haría que las expectativas de ganancia con las que cuentan los bancos se redujeran. En este momento, saben que si sus clientes no pagan pueden adjudicarse la vivienda hipotecada por el 60% de su valor y cobrar el resto del dinero junto con los elevados intereses de demora. Con la entrega del piso para poner fin a la deuda, sus ingresos en caso de impago se reducirían, lo que les haría ser más cautos con el dinero que prestan.

    Si ahora es posible financiar hasta el 80% del valor de la vivienda -algunas entidades llegan incluso al 100% cuando se trata de colocar sus propios pisos-, este porcentaje se vería reducido hasta el 60%, con lo que sería necesario tener 80.000 euros ahorrados para poder comprar una casa de 200.000. En paralelo, los plazos para amortizar el crédito también disminuirían, algo que aumentaría la cuota mensual y haría más difícil pagar la hipoteca.

  • El diferencial que aplican sería más elevado. Las entidades avisan de que, junto con lo anterior, fijarían un mayor diferencial que el aplicado ahora, debido a que la devolución del crédito no está tan asegurada con la dación en pago como con la fórmula actual.
  • Miles de familias no podrían acceder a una vivienda. La subida de los intereses, la reducción del porcentaje de financiación sobre el valor del piso y el pago en un tiempo más reducido tendría como consecuencia que muchas personas quedarían al margen del sistema hipotecario, que hoy en día es casi el único que da acceso a la compra de un piso .

  • http://www.consumer.es/web/es/vivienda/compra/2011/10/12/203713.php




Bankinter, condenado a anular los 'swaps' hipotecarios a ocho clientes

El Juzgado de Primera Instancia número 77 de Madrid ha estimado parcialmente una demanda presentada contra Bankinter por un grupo de clientes afectados por 'swaps', productos para blindarse de las subidas de los tipos de interés en las hipotecas, que serán anulados.

En una sentencia fechada el pasado 11 de octubre, el juez Luis Antonio Gallego ha condenado a Bankinter a cancelar ocho de los once 'swaps' que colocó a los clientes. El magistrado considera que cuando se hicieron las operaciones, a finales de 2008, ya se aventuraba una caída de los tipos de interés y, por tanto, su utilidad estaba "en entredicho".

El juez critica la "patente asimetría informativa" que existió en esa época entre Bankinter y los clientes, ya que la entidad financiera "era una sociedad del sector que conocía el nuevo escenario de bajas generalizadas de tipos que se adelantaba".

'Conocía el nuevo escenario de bajas generalizadas de tipos que se adelantaba'

En cambio, destaca que los clientes ignoraban esas previsiones y recuerda que si hubieran estado informados no hubieran contratado esos 'swaps', como defendía EJ Abogados, el despacho que les ha asesorado.

Por tanto, concluye que los afectados "incurrieron en un error manifiesto sobre la sustancia del objeto y las condiciones esenciales de los contratos".

El magistrado no aplica esa conclusión a los tres contratos firmados antes de septiembre de 2008, ya que considera que entonces había una previsión alcista sobre los tipos de interés y que el "punto de inflexión" se produjo en esa fecha, con la quiebra de Lehman Brothers y la generación de "una situación crítica de incertidumbre rayana al pánico".

Bankinter, que ha anunciado que recurrirá la sentencia, destaca que la resolución avala que los 'swaps' tienen en términos generales validez en cuanto a su finalidad y funcionamiento.

La entidad financiera también destaca que ha vendido la mayor parte de estos productos desde el año 2005, es decir, mucho antes de finales de 2008, fecha a partir de la cual el juez cuestiona la comercialización.

En cualquier caso, Bankinter defiende que en esas fechas no era previsible que se produjera una caída tan drástica de los tipos de interés, "que no se materializó de forma evidente hasta finales de enero de 2009".

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/25/suvivienda/1319566377.html?a=7f37977f84d2a8c70c348beedb4dba86&t=1319620115

El 70% de los hipotecados exige medidas para refinanciar su deuda bancaria, según un estudio

El 70% de los hipotecados reclama la creación de la figura del mediador financiero para apoyar la refinanciación de su deuda bancaria, de modo que se secunde la política emprendida por EE.UU., que revisará aquellas hipotecas con más valor que las propias viviendas.
El 50% duda que un cambio de Gobierno en el 20-N mejore la situación económica.

Así lo pone de manifiesto la última oleada del Observatorio de la financiación familiar de la Agencia Negociadora de Productos Bancarios, elaborado a través de un millar de entrevistas durante el pasado mes de septiembre.

La figura del mediador financiero, según la propuesta explicada por la Agencia Negociadora, tendría como objeto el desarrollo de medidas como las recientemente aprobadas por la Administración Obama para ampliar los plazos para la refinanciación de las hipotecas, ampliar las condiciones de acceso y eliminar algunos costes financieros de los préstamos.

Además, el estudio arroja que más del 50% de los encuestados duda de que un eventual cambio de Gobierno tras el 20-N mejore la situación de la economía, pues aventura que España no saldrá de la crisis hasta 2014.

Ante la escasez de crédito, llama la atención que el 51,2% considera que la actual situación puede ser favorable para comprar una vivienda.

http://noticias.fotocasa.es/el-70-de-los-hipotecados-exige-medidas-para-refinanciar-su-deuda-bancaria-segun-un-estudio-__10388.aspx

martes, 25 de octubre de 2011

No puedo pagar la hipoteca, ¿qué hago?

La reducción de los ingresos procedentes del trabajo ha provocado que cada vez más personas tengan dificultades para hacer frente a las cuotas de la hipoteca. Cuando esto ocurre, las primeras alternativas pasan por renegociar con el banco las condiciones del préstamo, pero quienes sepan que no podrán pagar tendrán que tomar otras decisiones como entregar la vivienda al banco, venderla por un precio inferior al valor de mercado, ponerse en contacto con mediadores que encuentren a una persona interesada en el piso, e incluso, declararse en quiebra. Mientras, es necesario conseguir ingresos, ya sea con el alquiler de alguna habitación de la casa o con la venta de objetos de valor. En todo caso, hay que evitar entrar en un círculo de impago porque la deuda se multiplica y las posibilidades de reducirla entonces son casi nulas.

Acudir al banco

Antes de tomar una decisión, se debe conocer la gravedad del problema. Hay quien no puede pagar durante unos meses, pero está seguro de que en poco tiempo contará con ingresos suficientes como para saldar su deuda. Otros, en cambio, atraviesan una situación con pocas salidas y saben que abonar las mensualidades de su hipoteca será casi imposible.

Si se parte de esta base, cada afectado puede perfilar una serie de medidas para evitar el impago, que es el objetivo principal. Conviene revisar antes el contrato para comprobar si contiene alguna cláusula en virtud de la cual pueda acogerse a beneficios en el supuesto de carecer de ingresos o estar desempleado. También es posible que esté incluida la opción de aplazar un determinado número de cuotas a lo largo del año sin penalización.

Con esta información, el cliente debe ir a la entidad que le haya prestado el dinero y explicar su situación. Es conveniente plantear el problema, indicar los recursos con los que le gustaría contar y, sobre todo, dejar que la entidad ofrezca sus soluciones.

Para la mayoría de las personas que atraviesan una mala coyuntura económica, tener que ir a la sucursal a decir que no son capaces de hacer efectivo el pago es muy incómodo. Por este motivo, es frecuente que pospongan una y otra vez el momento de personarse en la oficina y explicar su problema, si bien se debe atajar con rapidez porque cuanto más tiempo pase, más se agravará. Hay numerosas personas en la misma situación y los empleados están acostumbrados a proponer alternativas, así que no hay que pasar un mal rato.

Los portavoces de las entidades financieras aseguran que, casi siempre, prefieren negociar con el cliente y hacerle propuestas que se ajusten a sus circunstancias personales. Los bancos tienen demasiados pisos a los que no pueden dar salida, cuyo valor ha bajado, y no quieren más inmuebles, sino liquidez.

No puedo pagar cuotas, pero sí renegociar

Para casos que se podrían calificar como leves, es decir, cuando el cliente tenga dificultades para pagar, pero podría abonar las cuotas si se mejoraran las condiciones de la hipoteca, hay dos opciones: aumentar el plazo para la devolución del préstamo o solicitar un periodo de carencia. También hay que escuchar otras ofertas diferentes a estas que pueda hacer el banco a cada consumidor.

Renegociar el plazo de amortización y solicitar un periodo de carencia son dos posibles soluciones

  • Renegociar el plazo de amortización.

    Una de las iniciativas que la entidad acepta o propone es que el cliente devuelva el dinero en un plazo mayor. En el caso de una hipoteca de 100.000 euros a 20 años, por la que se pagan 620 euros, la mensualidad pasaría a ser de unos 470 si se amplía una década más. De este modo, al aumentar el tiempo en que se abona el préstamo, se reduce el importe de las cuotas y quien atraviesa por un problema económico transitorio puede sufragar los gastos con más facilidad.

    Eso sí, con esta ampliación, a largo plazo la hipoteca saldrá mucho más cara porque hay que pagar intereses durante más años. No obstante, en el momento en el que la situación financiera del usuario mejore, puede volver a los plazos iniciales.

    El coste de esta operación puede rondar 100 euros en concepto de gastos de notario y de registro. Algunas entidades aplican además una comisión por modificar las condiciones del contrato, que no puede ser superior al 0,1% del capital que queda pendiente. En el supuesto de que falten por pagar 100.000 euros, habría que abonar 100.

    Es habitual que el banco no acepte esta ampliación cuando la hipoteca ya tiene unos plazos de devolución largos, por lo que las personas que contrataron su préstamo a 40 años tendrán que buscar otra alternativa.

  • Solicitar un periodo de carencia.

    Durante un tiempo -pueden ser varios meses o más de un año-, el cliente no se hace cargo de la hipoteca. Hay varias opciones: no amortizar el capital, no abonar los intereses o la carencia total, que supondría no pagar por ninguno de estos dos conceptos en el plazo fijado. En ocasiones, esta posibilidad se recoge en el contrato y, otras veces, el banco propone esta salida a quienes no pueden costear los gastos. Es un alivio momentáneo para los clientes, pero a largo plazo sale más caro porque el capital pendiente de amortización no se reduce. Pasado el periodo de carencia, hay que pagar una cuota más elevada todos los meses o bien alargar el tiempo en que se devuelve el dinero.

No puedo ni renegociar

Con la subasta se puede perder la vivienda, bienes presentes y futuros, e incluso, las propiedades del avalista

Las citadas opciones son las aplicadas de manera habitual cuando el cliente no puede pagar las cuotas, pero aún cuenta con la posibilidad de hacer frente a los gastos si el banco mejora las condiciones. No obstante, esto no siempre es así y, en numerosas ocasiones, las circunstancias personales son tan negativas que la opción de devolver el dinero se desvanece.

En estos casos, es vital no llegar a la subasta pública. Conseguir ingresos extra, alquilar una parte de la vivienda, ponerla en venta o declararse en quiebra son alternativas que pueden salvar al deudor de la ruina absoluta.

  • Conseguir ingresos extra.

    A menudo, con las soluciones propuestas por el banco, el cliente puede pagar su hipoteca y la posibilidad de embargo se queda en un mal recuerdo. Si no es así, mientras se sopesan otras alternativas, lo importante es conseguir el dinero para evitar el impago.

    Quien ha llegado a esta situación habrá intentado por todos los medios conseguir ingresos extra. Encontrar trabajo permitiría sanear la economía, pero hoy es una tarea casi imposible. Otra opción es pedir un préstamo a un familiar o a un amigo, pero es probable que esto ya se haya hecho. ¿Qué opciones quedan entonces?

    • Alquilar una habitación de la vivienda permitiría obtener ingresos extra a la familia. Es cierto que es incómodo compartir la casa con un desconocido, pero las opciones son pocas. Si se pueden obtener 200 o 300 euros al mes, se estaría más cerca de poder abonar las cuotas. Si a la habitación se le suma la alimentación y la limpieza de la ropa del inquilino, es decir, pensión completa, los ingresos se incrementarían hasta 600 euros o más.

    • Si no queda otro remedio, quien tiene la deuda puede alquilar la vivienda completa e irse a casa de unos familiares. Los ingresos serían superiores y, aunque suponga una molestia, podría ser una solución temporal a sus problemas. Pero hay muchas viviendas en alquiler, por lo que habría que fijar un precio más barato que el de mercado para arrendarla con la rapidez que se requiere en estos casos.

    • Si ninguna de estas opciones es posible o no compensa, al interesado le queda vender algo de valor, como el coche. Puede ser muy incómodo trasladarse en transporte público desde determinadas localidades o barrios y tal vez el tiempo invertido sea el doble, pero las opciones son limitadas. La venta de oro o el empeño de joyas durante un tiempo también pueden sacar a la familia de un apuro.

    Aunque todas estas alternativas parezcan desesperadas, hay que tener en cuenta que la otra posibilidad sería perder de manera definitiva la vivienda, el resto de los bienes presentes y futuros y poner en peligro el patrimonio de los avalistas sin que con esto la deuda quede saldada.

  • Intentar que el banco acepte la dación en pago.

    Cuando ninguna de las medidas anteriores ha dado resultado, deshacerse de la casa es una de las pocas alternativas que queda y hay que hacerlo de la manera más ventajosa para quien tiene el problema. Si la entidad aceptara la dación en pago, se quedaría con el piso y la deuda estaría saldada. Es muy difícil conseguirlo, pero no imposible, y siempre se puede intentar, aunque las posibilidades de éxito sean muy remotas.

    Cuando la entidad ve que no podrá cobrar el resto del dinero en el futuro, puede desistir y aceptar la casa como pago. Esto puede suceder cuando no hay avalista, el deudor no tiene nómina y es difícil que vuelva a tenerla o se irá al extranjero para no volver. El proceso judicial puede ser más costoso que el dinero que el banco obtendría.

  • Vender la vivienda.

    El mercado inmobiliario ha caído en picado, es difícil encontrar comprador y este también tiene problemas para conseguir un crédito, de modo que a menudo solo queda malvender por el importe que se adeude -o algo más-. Aunque parezca que esta es la peor de las soluciones, la otra alternativa es recibir un importe muy reducido en subasta pública y, además, mantener una deuda con el banco y sufragar las costas judiciales del proceso que se desarrolle después.

    También es posible contactar con intermediarios que se dedican a adquirir viviendas por un precio algo superior al de la deuda antes de que se embarguen y venderlas después a precios baratos a compradores interesados.

  • Declararse en quiebra familiar.

    Este procedimiento judicial permite que un particular paralice los pagos, los intereses de la deuda y la ejecución de los bienes. Se pactan nuevas condiciones con los acreedores, de manera que le sea más fácil devolver el dinero.

    No obstante, aunque los resultados pueden ser muy positivos, no es un procedimiento fácil ni de carácter gratuito. Además de ir acompañado de un abogado, ha de presentar una serie de documentos cuya elaboración no es sencilla, por lo que con frecuencia es necesario contar con asesoramiento jurídico. En todo caso, hay que pagar la deuda, aunque sea con mejores condiciones.

Qué pasa si no se paga

Cuando la entidad comprueba que un cliente no ha pagado una mensualidad, lo habitual es que se ponga en contacto con él para saber si es un error y pedirle que haga efectivo el ingreso. Si lleva varios meses sin abonar las cuotas, tras haberle avisado de la necesidad de que lo haga, se inicia el procedimiento de ejecución hipotecaria.

El juzgado no pide ya el dinero que no ha devuelto, sino el del préstamo en su totalidad, a un interés que puede rondar el 20%, en función de lo que figure en el contrato. Se aplica en este caso la cláusula de vencimiento anticipado, que permite al banco exigir el reintegro de todo el capital pendiente.

Si no se hace frente al pago, después de unos meses, la vivienda pasa a subasta pública y, si nadie puja por ella, el banco se la adjudicará por el 60% de su valor, que además ha bajado con la crisis.

El propietario tendría que abandonarla y costear el resto de la deuda que, junto con los intereses de demora y las costas judiciales, puede ser el doble que la que tenía en un principio. Para conseguir el dinero restante, se le podrá embargar la nómina -salvo el mínimo que no se puede tocar-, la vivienda de los familiares que le hayan respaldado u otros bienes que sean propiedad tanto del deudor como del avalista.

http://www.consumer.es/web/es/vivienda/compra/2011/10/25/204071.php

Domiciliar nómina: artimañas de los bancos que debemos regatear

consejos sobre cómo elegir bien dónde domiciliar la nómina

Consejos sobre cómo elegir bien dónde domiciliar la nómina.

Las hipotecas y la domiciliación de nómina son los dos productos estrella con los que los bancos tratan de vincular a sus clientes. Con el mercado hipotecario seco, la domiciliación de la nómina se ha convertido en un mercado estratégico para mantener el negocio bancario. por ello, casi cada día vemos nuevas ofertas de las entidades para que ingresemos en ellas nuestro sueldo. Ante tanta oferta ¿qué es lo que debemos tener en cuenta?.

1. Sin comisiones: Ingresar la nómina garantiza al banco unos ingresos periódicos, y la posibilidad de comercializarnos todo tipo de productos. A cambio de este “privilegio” que le damos, qué menos que los servicios básicos de la cuenta como administración, mantenimiento o transferencia sean gratuitos.

2. Productos y servicios asociados: También tenemos que buscar que productos como las tarjetas de débito y de crédito sean gratuitos y procurar que sacar dinero tampoco tenga coste, en cuantas más redes de cajeros, mejor.

3. Que no nos “nublen” los regalos:
El regalo por domiciliar la nómina es cada día más común, ofertas atractivas pero con riesgo, ya que si queremos cambiar de entidad tendremos unas penalizaciones, incluso en ocasiones mayores que el precio del producto que nos “regalaron”. Analicemos el coste de lo recibido y si vale la pena el compromiso de tener durante tanto tiempo la nómina en la entidad.

4. Vinculaciones, las mínimas: Muy relacionado con los regalos están los plazos con los que nos casamos con el banco. Si nos exigen dos o más años de permanencia debería ser descartado. Lo mismo que si nos exigen que contratemos tarjetas de crédito y otros productos con coste que apenas vayamos a utilizar.

5. Cuidado con las cuentas asociadas: Entre los productos de obligada contratación muchas veces está una cuenta asociada distinta a la cuenta nómina, dándose en muchos casos que este producto tiene costes de mantenimiento.

6. Ganancias: Aunque no es lo más común, ya hay cuentas nómina que nos dan algún tipo de ganancia por nuestro dinero -ya sean con cuentas remuneradas o devolviendo un porcentaje de los recibos que domiciliamos- que pueden ser interesantes.

Resumiendo: buscar el coste cero en todos los productos y servicios asociados, las menores vinculaciones posibles e incluso un poco de rentabilidad deberían ser nuestros objetivos. Lo que antes era pedir demasiado, ahora es posible comparando y eligiendo bien nuestra cuenta.

http://www.idealista.com/news/archivo/2011/10/25/0358133-domiciliar-nomina-artimanas-de-los-bancos-que-debemos-regatear

Impuestos para comprar vivienda: bajarlos ayudaría a todos a medio plazo

bajar los impuestos que gravan la compra de la vivienda tendría efectos beneficiosos

Bajar los impuestos que gravan la compra de la vivienda tendría efectos beneficiosos.

La revisión de los impuestos que gravan la compra de una vivienda ayudaría a desbloquear la falta de hipotecas y haría menos dolorosa la dación en pago de una vivienda y/o la condonación de la deuda tras el embargo de una casa.

Veamos alguna propuesta:

Bajar el impuesto por comprar vivienda para que haya más hipotecas.

Como la banca suele tener grabado a fuego el límite del 80% del valor de compra como importe máximo a financiar, cualquier persona que quiera comprar una casa debe aportar el 20% restante más los gastos e impuestos adicionales (alrededor de un 30% del total en efectivo). Los impuestos constituyen en torno al 8%, aunque hay que tener en cuanta que esta cifra varía según la comunidad autónoma (ccaa) y el tipo de vivienda (nueva o usada).

Es cuando menos curioso ver cómo se grava la compra de la vivienda al comienzo de la operación, pero luego se dan desgravaciones en los años siguientes por la financiación muy superiores a lo que se consigue recaudar con ese impuesto. Si directamente se eliminaran o redujeran los impuestos en origen, sería más fácil obtener una hipoteca porque habría más gente que podría afrontar la compra de una casa, ya que en lugar de necesitar tener ahorrado el 30% del valor de la vivienda, bastaría con un 20-22% aproximadamente.

Cobrar impuestos por embargar viviendas penaliza al desahuciado.

Cuando un banco se adjudica en subasta una vivienda porque su hipotecado no puede pagarla, el banco tiene que pagar en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales (itp) un 7% (de nuevo, esta cifra varía por comunidades autónomas) del valor de adjudicación. El banco puede quedarse la casa por el 60% del precio de subasta indicado en la escritura del préstamo y cuando la venda, el comprador debe pagar de nuevo otro 7% sobre el nuevo precio de venta. Así, en un plazo limitado de tiempo se paga dos veces por un mismo concepto.

Imaginemos por un momento que se exime al banco de pagar ese 7% que tienen que pagar los bancos y que para beneficio del embargado se traslada al límite del mínimo del 60%, pasando a un 67%. Esto haría que los deudores debieran un 7% menos al banco tras el embargo.

Ahondando en este efecto pernicioso del impuesto, existe otro motivo más para eliminarlo: cuando una entidad financiera vende un piso por encima del precio de compra debe pagar impuestos por la plusvalía, que actualmente es del 21%. si eliminásemos el itp del 7% para las adjudicaciones en subasta, el banco podría estar dispuesto a adjudicarse el piso por un importe más cercano al valor real de mercado porque así evitaría pagar impuestos posteriormente, lo que a su vez reduciría el resto de deuda a pagar por la familia que pierde su vivienda.

Mejor ingresar menos de mucho, que mucho de nada.

Las propuestas expuestas provocarían una mejora para el ciudadano, un efecto más o menos neutro en los bancos y quienes asumirían las pérdidas a corto plazo serían las administraciones públicas, más en concreto las comunidades autónomas, que actualmente están necesitadas de ingresos para mantener sus cuentas financieras. El problema es que con la venta de viviendas estancada en mínimos, los ingresos son bajos, mientras que el stock es inmenso y bloquea el crédito. Por lo tanto, lo que debemos preguntarnos es: ¿tiene sentido intentar salvar las cuentas de las administraciones públicas a base de hundir más las maltrechas economías familiares o quizás es mejor apostar por una visión menos cortoplacista para ayudar a todos e incluso a las ccaa a medio plazo?.

http://www.idealista.com/news/archivo/2011/10/25/0358134-impuestos-comprar-vivienda-bajarlos-ayudaria-a-todos-a-medio-plazo

La mitad de los madrileños firma la hipoteca sin entenderla

Más de la mitad de los consumidores madrileños firma sus hipotecas sin entender su signficado, según un estudio elaborado por la Federación de Usuarios Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid, FUCI Madrid, con el fin de conocer el nivel de transparencia que las entidades de crédito.
Los resultados reflejan que el nivel de entendimiento de la escritura por parte de los madrileños es muy bajo.

Los resultados reflejan que el nivel de entendimiento de la escritura por parte de los madrileños es muy bajo, ya que la mayoría firma ante el notario desconociendo el significado del texto íntegro de la escritura.

En este sentido, sólo un 22 por ciento de los encuestados entiende completamente el contenido de la escritura, un 26 por ciento afirma entender la mayoría del texto y un 52 por ciento reconoce que firmó sin leerse íntegramente el texto al no entender su significado.

Respecto a la transparencia de la información que las entidades de crédito dan, un 88 por ciento de los consumidores asegura que tuvieron información clara y concisa del tipo de interés y plazo de duración. El porcentaje se reduce a un 62 por ciento en la información sobre los gastos notariales y comisiones aplicables y a un 35 por ciento en la existencia de gastos de cancelación parcial.

Por último, la desinformación sobre la existencia de la llamada cláusula suelo es la que mayor problemas genera a los usuarios ya que solo fueron informados en el 29 por ciento de los casos. Al ser preguntados por si tuvieron acceso al texto de la escritura días antes de la firma, el 77 por ciento de los encuestados desconocía que tenían esa posibilidad y solo a un 23 por ciento se lo ofrecieron.

Lo que si parecen tener más claro los madrileños, según el estudio, son los compromisos a los que están obligados con su banco a la hora de firmar la escritura, tales como contratación de planes de ahorro, planes de pensiones, obligatoriedad de contratar tarjeta de crédito, domiciliación de recibos, seguros de hogar y/o vida, etcétera. Un 61 por ciento asegura que lo tenían claro, mientras que solo un 18 por ciento afirma que tenía dudas.

Según la FUCI, una de las asignaturas pendientes para las entidades de crédito parece ser la información sobre las revisiones en el importe de la cuota de la hipoteca ya que solo un 11 por ciento afirma que tuvo información concisa al respecto por parte de su banco.

Por otro lado, lo que también queda patente en la encuesta de FUCI es "la poca manga ancha de los bancos a la hora de permitir que los consumidores puedan negociar alguna de las condiciones". Solo un 26 por ciento intentó realizar alguna modificación y de estos sólo un 4 por ciento obtuvo éxito en la tarea.

Por otro lado, al 94 por ciento de los encuestados le gustaría haber tenido una mayor y mejor información ante un 5 por ciento que afirma haberlo tenido todo claro.

Para el presidente de FUCI Madrid, Gustavo Samayoa, "los resultados de esta encuesta ponen de manifiesto la necesidad real de que los consumidores tengan una información previa clara, concisa y sencilla sobre la contratación de créditos hipotecarios con el fin de que puedan comprender de una manera correcta los elementos esenciales de la escritura y las implicaciones financiera del contrato".

Protección a los usuarios

En este sentido, desde FUCI Madrid "se valora positivamente el anteproyecto de ley de transparencia hipotecaria elaborado por la Comunidad de Madrid, primera comunidad autónoma que legisla al respecto, porque es una norma necesaria que da protección a los usuarios de vivienda en materia de información hipotecaria y corrige las imperfecciones habituales de la relación entre el cliente y el banco, especialmente en lo que se refiere a falta de información y/o comprensión".

Para FUCI Madrid es fundamental el hecho de que se recoja la posibilidad de que "los usuarios puedan examinar tres días antes la información, por sí mismos o a través de un profesional que les asesore o el artículo que obliga a informar al avalista, que en muchos casos es tan víctima como el usuario cuando falla el pago del crédito hipotecario".

Respecto a las sanciones que prevé la ley "a pesar de que son importantes y altamente disuasorias -hasta 600.000 euros- para los bancos o las entidades crediticias que incumplan el deber de información, harían falta unas medidas inmediatas en caso de incumplimiento de la información".

"Si bien el usuario tendría el derecho a denunciar, de todos es sabido lo que tardan las denuncias en tramitarse y, sobre todo, que al final esa denuncia solo se traduciría en una sanción administrativa a la empresa, pero el consumidor se quedaría igual ya que esta multa revierte en el tesoro publico y no el usuario", han apuntado.

Por último, FUCI Madrid propone que se recoja el carácter vinculante de la publicidad y la información precontractual sobre productos y servicios bancarios para dar mayores garantías a los consumidores a la hora de firmar una hipoteca.

http://noticias.fotocasa.es/la-mitad-de-los-madrilenos-firma-la-hipoteca-sin-entenderla__10365.aspx

Las dificultades de los jóvenes para acceder a una hipoteca

Estamos ante una situación dónde el hundimiento en la venta de viviendas y el récord de desahucios marcan la actualidad en el sector de la vivienda. Un encarecimiento hipotecario con continuos cambios y una tendencia del mercado alcista siguen protagonizando la actualidad en el mercado de las hipotecas.
Los jóvenes siguen siendo los que tienen más dificultades en el acceso a la vivienda.


Ante este desfavorable panorama, siguen siendo los jóvenes los principales perjudicados por la crisis, tanto a nivel de paro como de acceso a la vivienda.

La actual crisis económica ha golpeado con especial contundencia al sector más joven de la población y las dificultades para encontrar un empleo estable y bien remunerado llevan a muchos jóvenes a emigrar a otros países menos afectados o a prolongar infructuosamente su etapa de formación. Casi la mitad de los jóvenes de entre 18 y 34 años siguen viviendo en casa de los padres, y eso que sólo un 10% de ellos prefiere vivir en el domicilio familiar.

La altísima tasa de desempleo que está viviendo el país, con datos históricos de 4,2 millones de parados en 2011, la inestabilidad laboral y el consecuente impedimento para acceder al crédito hipotecario como también la necesidad de aportar como entrada casi el 30% del importe de la vivienda, son algunas de las principales barreras que dificultan el acceso de los jóvenes a la compra de vivienda, a pesar de que los precios han caído cerca de un 18% respecto a los máximos de 2007, en pleno boom inmobiliario.

No es de extrañar, visto lo visto, que la tasa de emancipación en España estuviese en el pasado año, en el 45,8% lo cual, leído al revés, supone que un 54,2% de la población joven es dependiente desde un punto de vista residencial. Teniendo en cuenta que no se puede hablar de emancipación simplemente por el hecho de haber abandonado el hogar familiar, se ha de alcanzar una completa independencia económica ara que la emancipación sea efectiva.

A pesar de que las entidades financieras ofrezcan condiciones especiales comercializando en sus catálogos hipotecas para jóvenes, estamos ante una situación dónde este colectivo se encuentra cada vez con más problemas para que les concedan un préstamo hipotecario. Las condiciones preferentes parecen no ser suficientes para facilitar la emancipación de la juventud ya que las dificultades se anteponen frenando su libertad.

Los principales contras a los que se enfrentan son los siguientes:

-Vida laboral corta, con dificultades para acceder a empleos indefinidos y con posibles periodos de desempleo. La combinación perfecta para que les digan que no.
-Capacidad de endeudamiento limitada. Dos titulares mileuristas sin ahorros en el mejor de los casos podrían solicitar una hipoteca de unos 180.000 euros a 40 años (para adquirir una vivienda de no más de 160.000 euros).
-La capacidad de ahorro del joven español brilla por su ausencia, en general, esto provoca que la gran mayoría busquen hipotecas 100% de financiación.
-Tradicionalmente los padres avalan a sus hijos para que puedan solicitar un préstamo. El problema es que cada vez hay más padres endeudados o sin empleo. Y con esta situación poco sirven de avalistas y acaban por no poder contar con ellos.
-Las parejas cada vez son menos estables; y las parejas jóvenes tienen una incidencia de ruptura elevada.

De todos los problemas mencionados el único que tiene solución, en determinados casos, es el de aportar avalistas, ya que hay hipotecas subvencionadas por determinadas CC.AA que avalan parte del préstamo hipotecario para que los jóvenes puedan financiar el 100%, consiguiendo también tipos de interés más competitivos para el colectivo.

Ante todos estos obstáculos que nos ofrece el actual mercado hipotecario español, no es de extrañar que nos encontremos cada vez más ante una situación con más barreras, dónde las entidades financieras sufren por falta de liquidez y seleccionan mucho más a sus clientes, sobretodo en el caso de los jóvenes, por lo que los menores de 30 años ven como sus perspectivas de vivir en una casa propia se desvanecen cada vez más.

Surgiría aquí la duda de por qué no resulta cada vez más atractiva la opción del alquiler. Aunque, una explicación posible la podríamos encontrar en que des de siempre en nuestra sociedad se han inculcado unos valores con los que el ser humano ha optado por el tener, por la posesión de propiedad, cosa que ha hecho que no se vea el alquiler de vivienda como una opción de referencia para los españoles. La confusión del tener por el ser, el ser alguien por tus pertenencias, propiedades, etc. ha hecho que la opción de compra siga siendo aún hoy en día la más competitiva a pesar de las dificultades que sufren también los jóvenes.

Acabamos estando por tanto, ante una situación donde la alta tasa de paro, los bajos ingresos, el encarecimiento hipotecario y una política de fomento del alquiler que aún arranca llevan a los jóvenes a quedarse en casa de sus padres hasta los 29 años de media y ha prolongar por ahora el hecho de tener una vivienda en propiedad.

http://noticias.fotocasa.es/las-dificultades-de-los-jovenes-para-acceder-a-una-hipoteca__10377.aspx

viernes, 21 de octubre de 2011

Las hipotecas sobre viviendas cayeron un 41,7% en agosto y marcan la cifra más baja desde 2003

El número de hipotecas constituidas sobre viviendas cayó un 41,7% en agosto en relación a igual mes de 2010, hasta situarse en 29.231, la cifra más baja de toda la serie histórica, iniciada en 2003, ha informado este viernes el Instituto Nacional de Estadística (INE).
El importe medio de las hipotecas alcanzó en los 106.922 euros.

Con este descenso interanual, las viviendas hipotecadas acumulan ya más de un año de caídas. El descenso de agosto es algo menos pronunciado que el de julio, que fue del 47%. Aún así, nunca antes hasta el pasado mes de agosto se habían constituido menos hipotecas sobre viviendas.

En los ocho primeros meses de 2011, las viviendas hipotecadas se redujeron un 29,7% respecto al mismo periodo de 2010. En tasa intermensual, las viviendas hipotecadas bajaron en agosto un 1%, frente al descenso del 9,7% que experimentaron en julio.

El importe medio de las hipotecas constituidas sobre viviendas alcanzó en el octavo mes del año los 106.922 euros, un 12,6% menos que en igual mes de 2010, mientras que el capital prestado bajó un 49,1% en tasa interanual, hasta los 3.125,4 millones de euros.

En agosto se constituyeron 47.696 hipotecas sobre fincas rústicas y urbanas (dentro de éstas últimas se incluyen las viviendas), cifra que supone un retroceso del 38,3% respecto a igual mes de 2010 y un aumento del 1,5% en tasa intermensual.

El capital de los créditos hipotecarios concedidos bajó un 40,9% en el octavo mes de 2011 en tasa interanual, hasta situarse en 5.736 millones de euros, en tanto que el importe medio de las hipotecas constituidas sobre el total de fincas ascendió a 120.271 euros, un 4,2% menos que en agosto de 2010.

Las cajas de ahorros fueron las entidades que concedieron un mayor número de préstamos hipotecarios en agosto, con el 43,6% del total, seguidas de los bancos (41,7%) y otras entidades financieras (14,7%). En cuanto al capital prestado, las cajas de ahorros concedieron el 36,9% del total, los bancos el 45,6% y otras entidades financieras el 17,5%.

http://noticias.fotocasa.es/las-hipotecas-sobre-viviendas-cayeron-un-417-en-agosto-y-marcan-la-cifra-mas-baja-desde-2003__10353.aspx

jueves, 20 de octubre de 2011

Nueve consejos para ahorrar al firmar la hipoteca

Si se piensa en comprar una casa, conviene saber que los precios de las viviendas están en caída libre. Las dificultades que en los últimos meses atraviesan las entidades bancarias de toda Europa se traducen en restricciones de crédito a los particulares, algo que origina que se vendan menos inmuebles porque cada vez es más difícil acceder a un préstamo hipotecario. A ello hay que añadir que, para el 90% de los españoles, la negociación de las condiciones de la hipoteca con el banco es la operación financiera más importante que realizan en su vida. Por ello, conviene tener en cuenta los conceptos en los que buscar un ahorro cuando se contrata una hipoteca. Los principales son la TAE (Tasa Anual Equivalente), el diferencial, las comisiones y el plazo de devolución del préstamo.

En qué conceptos ahorrar en la hipoteca


- Imagen: liz west -

El endurecimiento de las condiciones de los bancos para conceder préstamos hipotecarios incide de modo directo en los precios de las viviendas. Así lo demuestra el Índice de Precios de Vivienda (IPV) que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE), donde se señala que, en el segundo trimestre de 2011, la bajada de los precios ha sido de 2,7 puntos respecto al trimestre anterior, algo que deja al indicador en el -6,8%.

El Banco de España, además, ha anunciado que el Euribor cayó en septiembre 0,03 puntos con respecto al mes de agosto y se sitúa en el 2,067%. Sin embargo, el indicador ha experimentado una subida interanual de 0,647 puntos. Por ello, la bajada mensual del índice de referencia de las hipotecas no se traducirá en un alivio para los bolsillos de los compradores. Al contrario, habrá un encarecimiento de los préstamos hipotecarios que tengan que revisar su tipo con la última referencia del Euribor respecto a la de hace un año. A pesar del descenso del Euribor mensual, habrá nuevas subidas en las cuotas, tanto en el caso de las revisiones de carácter semestral, como en las anuales.

Cualquier cláusula de la escritura que genere controversia hay que consultarla con un experto

Por todo ello, es preciso tener en cuenta en qué conceptos se puede economizar al firmar una hipoteca.

1. Estudiar varias ofertas

No conviene conformarse con la primera oportunidad que surja. El comprador debe informarse bien de las ofertas que hay para conseguir la hipoteca que mejor se adapte a sus necesidades. Lo más adecuado es estudiar la más barata, acudir a las sucursales bancarias, negociar de acuerdo a ella y aceptarla si es la más conveniente.

Hoy en día es bastante sencillo comparar las distintas ofertas hipotecarias en Internet. Si se está familiarizado con la informática, se puede contratar una hipoteca on line, ya que es habitual que haya ofertas exclusivas para la contratación a través de la Red. Por lo general, estas son más atractivas porque los bancos tienen menos costes operativos.

2. La contratación de productos adicionales

En el momento de la contratación de la hipoteca, por el nerviosismo que ello implica, a menudo se dice que sí a todos los seguros. Sin embargo, lo idóneo es repasar otras ofertas de las entidades de seguros y quedarse con la opción más económica. En la mayoría de los casos, el comprador tiene que suscribir un seguro de vida, además de contratar el de hogar. El banco intentará que el cliente contrate varios seguros, pero el único que es obligatorio por ley es el seguro de continente.

Si la entidad bancaria ofrece una rebaja en el diferencial del préstamo o en las comisiones a cambio de domiciliar la nómina o contratar un seguro, algún fondo de inversión o una tarjeta de crédito, se debe comparar el coste de suscribir estos productos frente al ahorro que suponen.

3. Intentar rebajar el diferencial y la TAE

El diferencial de la hipoteca es el porcentaje que se añade al valor del índice de referencia (casi siempre, el Euribor) en el momento de la revisión del tipo de interés de un préstamo hipotecario contratado a tipo variable.

Contratar productos como seguros, fondos de inversión o tarjetas de crédito puede encarecer la hipoteca

Si el cliente contrata una hipoteca al Euribor más un diferencial de un punto y el Euribor está en el 3%, el nuevo tipo de interés del crédito será el 3% más el punto (3% + 1%), es decir, un 4%. El resultado, en una oferta de préstamo hipotecario, es el tipo de interés ofertado:

Euribor + diferencial = Tipo de Interés Ofertado

El diferencial es una variable que se debe negociar con las entidades financieras para obtener unas condiciones más ventajosas en la hipoteca. Cuanto más bajo sea el diferencial, más barata saldrá.

Además de un bajo diferencial, lo primordial es conseguir una buena TAE para lograr una rebaja en la hipoteca. En muchos casos, solo figuran todas las condiciones de cálculo de la TAE en la letra pequeña de las ofertas. Por ese motivo, hay que seguir el criterio de "cuanto más pequeña es la letra, hay que prestar mayor atención".

Cuanto más bajo sea el diferencial, más barata saldrá la hipoteca

Cualquier préstamo hipotecario tiene unos costes que varían entre entidades, por la diferencia en los plazos de devolución o por el perfil económico que tenga el cliente. La TAE en las hipotecas incluye en su cálculo el tipo de interés y los gastos y comisiones bancarias (de apertura y cancelación).

Estas comisiones las impone el banco para cubrir posibles riesgos de impago o las pérdidas en el caso de cancelación. Por lo tanto, cuanto menores son el diferencial, el tipo de interés y las comisiones, más baja es la TAE y la hipoteca saldrá más barata.

La TAE se calcula mediante una fórmula matemática y es válida para comparar productos de igual plazo o duración ya que, para plazos distintos, las comisiones no son las mismas. De igual forma, no es conveniente comparar hipotecas de interés fijo con otras de interés variable porque, en estas últimas, no se puede saber con exactitud cómo va a evolucionar el tipo de interés en el futuro. En la gran mayoría de las hipotecas se utiliza el tipo de interés variable y está casi siempre condicionado al Euribor.

Desde 1990, el Banco de España obliga por ley a las entidades financieras a informar de la TAE de sus ofertas hipotecarias en la publicidad que hagan de sus productos, en los contratos que formalicen con los clientes y en las ofertas vinculantes que realicen.

La TAE no incluye otros gastos importantes, como el coste de la tasación de la vivienda que se adquiere, los gastos de notaría y registro de la propiedad, la gestoría o los seguros que la entidad obliga a suscribir.

Una vez que se han recopilado las ofertas de varias entidades, es aconsejable solicitar una simulación de la hipoteca para estudiar, en cada caso, cuál es la cuota mensual que saldría y cuál es la TAE que tiene cada préstamo.

4. Los gastos de tasación y notaría

Cuando se contrata una hipoteca, hay unos gastos inevitables, como el coste de la tasación y los gastos de notaría.

  • Con respecto a la tasación, a partir de la solicitud de la hipoteca, el banco encarga a un profesional la tasación de la vivienda para establecer su valor y realizar una verificación registral en la que se comprueba que no pesan cargas sobre el inmueble. Se debe pedir a la entidad bancaria información sobre las empresas de tasación con las que trabaja para escoger la que ofrezca el mejor precio.

    No obstante, desde diciembre de 2007, si el comprador aporta una tasación certificada por un tasador homologado, la entidad no puede cobrarle por una nueva tasación. Además, hay que tener en cuenta que el valor de la tasación (cuyo gasto corre a cargo del comprador) determina el límite máximo del préstamo.

  • En cuanto a las notarías, es conveniente comparar entre varias y seleccionar la que dé el precio más bajo. Entre unas y otras se puede obtener un ahorro de más de 100 euros.

5. Las comisiones

Lo más recomendable, en la medida de lo posible, es contratar una hipoteca a 10 o 15 años

Al contratar una hipoteca, es fundamental analizar en profundidad las siguientes comisiones: comisión de apertura, comisión de cancelación y comisión de subrogación

  • Comisión de apertura y estudio: en ella se incluyen todos los gastos que se originan al tramitar el contrato del préstamo hipotecario. Se calcula como un porcentaje del importe del préstamo. Por regla general, el importe de esta comisión se cobra cuando se firma el contrato. Sin embargo, se puede acordar con la entidad financiera el abono de la comisión a lo largo de la vida del préstamo. La comisión de apertura se incluye en el cálculo de la TAE (Tasa Anual Equivalente) o coste efectivo del préstamo.

    Una vez que se ha elegido la entidad de crédito con la que se va a contratar el préstamo hipotecario, hay que solicitarle una oferta vinculante por escrito en la que se detallen todas las condiciones financieras. La oferta vinculante es un documento obligatorio para préstamos de hasta 150.253,03 euros.

    Para ello, es necesario disponer antes de la tasación del inmueble que se va a hipotecar como garantía del préstamo, cuyo importe lo paga el comprador. Esta oferta vinculante, que la entidad está obligada a entregar si no ha denegado el préstamo, evita las confusiones derivadas de la negociación verbal.

    En caso de que al final no se acepte la oferta, hay que tener en cuenta que algunas entidades cobran una comisión de estudio. Si es así, tiene que estar recogido en sus folletos de tarifas.

  • Comisión de cancelación o amortización anticipada: la aplica la entidad financiera en el caso de que el cliente desee cancelar de modo parcial o total la hipoteca antes de cumplirse el plazo. Esta comisión compensa a la entidad por lo que deja de ganar (o lucro cesante) al no percibir los intereses por el capital que se amortiza de modo anticipado. Se calcula como un porcentaje sobre la cantidad cancelada o entregada a cuenta.

    Por ley, las comisiones de cancelación tienen establecidos unos límites máximos.

    En los préstamos a interés fijo, la comisión es elevada. Por ello, hay que ser conscientes de que una alta comisión de cancelación desanima a quienes quieren amortizar la hipoteca a efectos de beneficiarse de una posible bajada de tipos de interés o a negociar un nuevo préstamo con otra entidad financiera.

    En muchos casos, no se le concede la suficiente importancia a esta variable. Sin embargo, una vez pasados los primeros años, el comprador puede sentirse "prisionero" de su hipoteca. En un plazo de 20 o 30 años, las condiciones del mercado y las personales pueden variar de manera significativa. Incluso en un plazo de 12 años, con tipos fijos, la situación puede cambiar. Por todo ello, se recomienda negociar con la entidad financiera el coste que supondría una amortización anticipada.

  • Comisión de subrogación: esta posibilidad, recogida por la legislación, permite el cambio de hipoteca de un banco a otro, con la posibilidad de variar el tipo de interés y mantener las condiciones en cuanto a plazo e importe pendiente de amortizar.

    Para que surta efectos la subrogación, basta con que la nueva entidad pague a la primera el importe pendiente del préstamo, así como los intereses devengados y las comisiones exigibles, y se formalice la subrogación en escritura pública ante notario. En este caso, conviene negociar con la nueva entidad el coste que puede suponer la subrogación.

    Algunos de los gastos que conllevan las subrogaciones (los honorarios notariales y registrales, las comisiones bancarias o los de carácter fiscal) están limitados por ley.

6. Buscar el mínimo plazo de amortización

Cuanto más joven se es, más sencillo resulta conseguir un mayor plazo de amortización. Estipular un plazo elevado puede ser más deseable, porque supone pagar menos cada mes y tener, por tanto, una economía más desahogada.

Una elección adecuada del tasador y de la notaría pueden suponer un gran ahorro

Sin embargo, cuanto mayor es el plazo total para devolver el dinero, más altos son los intereses que se pagan y mayor es también el coste final de la hipoteca. Con los préstamos hipotecarios a 20 o 30 años, los bancos consiguen una gran rentabilidad. Sin embargo, una hipoteca a 30 años es demasiado tiempo y nadie puede garantizar que el cliente va a ser solvente para afrontar los pagos a tan largo plazo.

Lo más recomendable, en la medida de lo posible, es contratar una hipoteca a 10 o 15 años.

7. Negociar las futuras subidas del Euribor

Los expertos auguran que el Euribor subirá aún más. Quienes contraten una hipoteca hoy, sin tener en cuenta la subida del Euribor, pueden verse afectados de manera negativa en el futuro.

Además, hay que tener especial precaución con las llamadas "cláusulas suelo". La entidad bancaria no informa a muchos hipotecados de que cuentan con una de ellas, con lo que el tipo de interés que pagan por su préstamo no puede bajar de un determinado porcentaje, aunque descienda el Euribor. Tener una de estas cláusulas impide al comprador beneficiarse de las caídas del Euribor.

8. Leer la escritura antes de firmar y consultar a un experto

En ocasiones, hay cláusulas perjudiciales que se dejan pasar por falta de conocimientos

Cuando ya se está dispuesto a contratar la hipoteca, el comprador tiene derecho a examinar la escritura pública de préstamo hipotecario, al menos, tres días hábiles antes de su firma. Además, se puede pedir al notario un borrador para leerla con detenimiento.

Ante cualquier cláusula que dé lugar a dudas o a distintas interpretaciones, se debe consultar a un experto. En ocasiones, hay cláusulas perjudiciales que se dejan pasar por falta de conocimientos sobre el asunto. Cualquier inversión conlleva un riesgo y, por ello, no se debe escatimar en este aspecto.

9. Negociar para realizar los cambios

Si hay alguna cláusula perjudicial o extraña sobre temas que no se han tratado con anterioridad, es mejor negociarla en el momento para que se realicen los cambios.

Lo más adecuado es asegurarse de que cualquier cambio deseado se contemple con total claridad en la escritura. A largo plazo, se obtendrá un ahorro. Una corrección o cambio que se tenga que hacer en el futuro costará tiempo y más dinero.

http://www.consumer.es/web/es/vivienda/compra/2011/10/20/203929.php