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jueves, 27 de octubre de 2011

El gasto medio en consumo por hogar se redujo un 2,1% en 2010, hasta los 29.782 euros

El gasto medio en consumo de cada hogar español alcanzó los 29.782 euros en 2010, lo que significa un descenso del 2,1% respecto a 2009, mientras que el gasto medio por persona ascendió a 11.161 euros anuales, un 1,8% menos, según la Encuesta de Presupuestos Familiares (EPF) publicada este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE). En total, el gasto en consumo de los hogares cayó un 1,5% el año pasado.

Eliminando los efectos de la inflación, la variación interanual del gasto medio en consumo por hogar fue un 3,6% inferior a la de 2009, mientras que el gasto total en consumo bajó un 3,1%.

Según el INE, los hogares españoles destinaron 8.935 euros del total de su presupuesto a gastos relacionados con la vivienda, acaparando la vivienda el 30% de los presupuestos de las familias. Este porcentaje, que ha ido creciendo progresivamente, ha experimentado una subida de más de cinco puntos desde 2006.

Los gastos de vivienda engloban alquileres reales, gastos corrientes de agua, electricidad, gas, comunidad, reparaciones, calefacción, así como un alquiler estimado en los casos de vivienda en propiedad o cedida.

El gasto de los hogares en enseñanza fue el que más se incrementó en 2010, con un crecimiento del 9,6% respecto a 2009, seguido del gasto en transporte (+1,6%), bebidas alcohólicas y tabaco (+1,3%) y vivienda, donde las familias gastaron un 0,4% más el año pasado.

http://www.europapress.es/economia/macroeconomia-00338/noticia-economia-macro-gasto-medio-consumo-hogar-redujo-21-2010-29782-euros-20111027111642.html

martes, 25 de octubre de 2011

La domótica, el gran aliado del ahorro

Un sistema domótico en la pasada edición de Instalmat, en Barcelona. | Christian Maury

Las tecnologías de eficiencia energética y telecomunicaciones en el hogar, ese sistema desconocido para la gran mayoría, ha sido el protagonista del primer Congreso Español de Domótica celebrado en Madrid los días 19 y 20 de octubre. En este foro se ha tratado ya no sólo de intentar definir este sistema, 'nuevo' para muchos, sino también busca impulsarlo entre las familias que, en muchas ocasiones, se muestran reticentes únicamente por desconocimiento.

Con el sector inmobiliario prácticamente parado, la domótica se posiciona como un nuevo motor para reactivarlo y como un aliado de las familias en la búsqueda del ahorro al permitir economizar un 25% en la factura energética a final de mes.

Este encuentro, organizado por CEDOM, la Asociación Española de Domótica, reunió a los mayores expertos españoles en esta materia que coincidieron en la necesidad de impulsar su presencia en los hogares. "Es una tecnología que no sólo aumenta la calidad de vida, sino que además es la única que permitirá hacer frente a los retos del mañana, donde los edificios tendrán unos estándares de eficiencia energética muy alta", explica Javier Serra, subdirector general de Innovación y Calidad de la Edificación del Ministerio de Fomento.

Serra recuerda que "la directiva europea plantea para el 2020 un escenario con edificios de consumo energético casi nulo, que no podrá conseguirse sin sistemas domóticos". Mirando quizá hacia ese futuro no tan lejano se celebra la competición internacional 'Solar Decathlon', donde jóvenes universitarios de todo el mundo presenta prototipos de casas eficientes energéticamente y demuestran que esta tecnología es viable para el día a día.

Escepticismo entre los compradores

Aunque no es un concepto nuevo, la domótica o inmótica no ha tenido un gran éxito en su implantación en los últimos años, y es ahora, con las nuevas directivas europeas, cuando esta tecnología está tomando más fuerza. "Si bien en 2004 la implantación de esta tecnología en los hogares era sólo del 4%, en plena crisis inmobiliaria, en 2008, la tasa fue del 8%. En la actualidad, estamos hablando de un 10% en viviendas de obra nueva", afirma Marisol Fernández, directora de CEDOM.

Una tasa muy baja teniendo en cuenta el ahorro energético que puede suponer la inversión en este tipo de tecnología. "Al valorar los costes de construcción de sistemas de ahorro energético y trasladándolos al precio final de la vivienda, en términos de ahorro económico, por cada euro de más que un comprador pagaba en su hipoteca por euro construido, se ahorra en su factura cuatro", afirma Marta Torres, directora de ASPRIMA.

"En la situación en la que nos encontramos", continúa Torres, "se produce lo que el cliente final demanda". "Si no hemos integrado la domótica más, ha sido porque el cliente final no lo ha demandado. El principal problema por el que la domótica no está totalmente implantada es que el usuario final no ha podido dedicarle el tiempo necesario a entender esta tecnología", declara.

Aunque se haya demostrado que es económicamente rentable, el comprador no termina de creer en las bondades de estos sistemas. Torres es rotunda: "En la práctica, el usuario no se lo cree". Por todo ello, cree que "se necesita implantar esta cultura para completar el círculo con todo lo que ya se ha conseguido, como la tecnología, las normativas y la apuesta del mercado".

Mirando a la rehabilitación

Con el sector residencial de nueva obra en 'stand by', se mira hacia la rehabilitación. "El nicho que se debe explotar ahora es la renovación de viviendas existentes, pero no sólo desde el punto de vista de ahorro de energía, sino en áreas como la accesibilidad, nuevos usos, seguridad y comunicación", comenta Juan Alberto Pizarro, presidente de CEDOM.

"Si más de la mitad de las casas en la actualidad tienen más de 30 años, y alrededor del 20% más de 50, la nueva puerta es introducir esta nueva tecnología, que no ha sido aplicada. Con ella, se dotará a las viviendas de un valor añadido dentro del mercado", dice Pizarro. Éste apunta que esto no se podrá llevar a cabo si no se cambia la percepción el comprador, uno de los retos a superar.

Para concienciar a la sociedad y alcanzar esta meta algunos ponen el ejemplo de la industria automovilística. "Hace unos años nadie se preocupaba por el ahorro de gasolina. Ahora, todos lo tenemos presente, pero los cables nos siguen poniendo nerviosos", cuenta el arquitecto Alberto Pez. "El usuario no tiene ningún tipo de limitación para adoptar esta tecnología, sino que simplemente no se cree sus ventajas", aclara.

Pez tiene claro que el objetivo es "explicar de manera sencilla cuál es el valor añadido que se incorpora a los edificios". Pone un ejemplo: "Si al anciano que está su casa viendo la televisión con la manta y el abrigo porque su edificio está en pésimas condiciones, le explicamos que lo haremos es ponerle la manta y el abrigo al edifico para que pueda estar en su casa en camisa, éste acogerá gratamente estos sistemas de eficiencia energética".

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/24/suvivienda/1319475171.html

La mitad de los madrileños firma la hipoteca sin entenderla

Más de la mitad de los consumidores madrileños firma sus hipotecas sin entender su signficado, según un estudio elaborado por la Federación de Usuarios Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid, FUCI Madrid, con el fin de conocer el nivel de transparencia que las entidades de crédito.
Los resultados reflejan que el nivel de entendimiento de la escritura por parte de los madrileños es muy bajo.

Los resultados reflejan que el nivel de entendimiento de la escritura por parte de los madrileños es muy bajo, ya que la mayoría firma ante el notario desconociendo el significado del texto íntegro de la escritura.

En este sentido, sólo un 22 por ciento de los encuestados entiende completamente el contenido de la escritura, un 26 por ciento afirma entender la mayoría del texto y un 52 por ciento reconoce que firmó sin leerse íntegramente el texto al no entender su significado.

Respecto a la transparencia de la información que las entidades de crédito dan, un 88 por ciento de los consumidores asegura que tuvieron información clara y concisa del tipo de interés y plazo de duración. El porcentaje se reduce a un 62 por ciento en la información sobre los gastos notariales y comisiones aplicables y a un 35 por ciento en la existencia de gastos de cancelación parcial.

Por último, la desinformación sobre la existencia de la llamada cláusula suelo es la que mayor problemas genera a los usuarios ya que solo fueron informados en el 29 por ciento de los casos. Al ser preguntados por si tuvieron acceso al texto de la escritura días antes de la firma, el 77 por ciento de los encuestados desconocía que tenían esa posibilidad y solo a un 23 por ciento se lo ofrecieron.

Lo que si parecen tener más claro los madrileños, según el estudio, son los compromisos a los que están obligados con su banco a la hora de firmar la escritura, tales como contratación de planes de ahorro, planes de pensiones, obligatoriedad de contratar tarjeta de crédito, domiciliación de recibos, seguros de hogar y/o vida, etcétera. Un 61 por ciento asegura que lo tenían claro, mientras que solo un 18 por ciento afirma que tenía dudas.

Según la FUCI, una de las asignaturas pendientes para las entidades de crédito parece ser la información sobre las revisiones en el importe de la cuota de la hipoteca ya que solo un 11 por ciento afirma que tuvo información concisa al respecto por parte de su banco.

Por otro lado, lo que también queda patente en la encuesta de FUCI es "la poca manga ancha de los bancos a la hora de permitir que los consumidores puedan negociar alguna de las condiciones". Solo un 26 por ciento intentó realizar alguna modificación y de estos sólo un 4 por ciento obtuvo éxito en la tarea.

Por otro lado, al 94 por ciento de los encuestados le gustaría haber tenido una mayor y mejor información ante un 5 por ciento que afirma haberlo tenido todo claro.

Para el presidente de FUCI Madrid, Gustavo Samayoa, "los resultados de esta encuesta ponen de manifiesto la necesidad real de que los consumidores tengan una información previa clara, concisa y sencilla sobre la contratación de créditos hipotecarios con el fin de que puedan comprender de una manera correcta los elementos esenciales de la escritura y las implicaciones financiera del contrato".

Protección a los usuarios

En este sentido, desde FUCI Madrid "se valora positivamente el anteproyecto de ley de transparencia hipotecaria elaborado por la Comunidad de Madrid, primera comunidad autónoma que legisla al respecto, porque es una norma necesaria que da protección a los usuarios de vivienda en materia de información hipotecaria y corrige las imperfecciones habituales de la relación entre el cliente y el banco, especialmente en lo que se refiere a falta de información y/o comprensión".

Para FUCI Madrid es fundamental el hecho de que se recoja la posibilidad de que "los usuarios puedan examinar tres días antes la información, por sí mismos o a través de un profesional que les asesore o el artículo que obliga a informar al avalista, que en muchos casos es tan víctima como el usuario cuando falla el pago del crédito hipotecario".

Respecto a las sanciones que prevé la ley "a pesar de que son importantes y altamente disuasorias -hasta 600.000 euros- para los bancos o las entidades crediticias que incumplan el deber de información, harían falta unas medidas inmediatas en caso de incumplimiento de la información".

"Si bien el usuario tendría el derecho a denunciar, de todos es sabido lo que tardan las denuncias en tramitarse y, sobre todo, que al final esa denuncia solo se traduciría en una sanción administrativa a la empresa, pero el consumidor se quedaría igual ya que esta multa revierte en el tesoro publico y no el usuario", han apuntado.

Por último, FUCI Madrid propone que se recoja el carácter vinculante de la publicidad y la información precontractual sobre productos y servicios bancarios para dar mayores garantías a los consumidores a la hora de firmar una hipoteca.

http://noticias.fotocasa.es/la-mitad-de-los-madrilenos-firma-la-hipoteca-sin-entenderla__10365.aspx

lunes, 24 de octubre de 2011

Las reclamaciones a operadores aumentan un 30,4%

Las reclamaciones a los operadores de telecomunicaciones aumentaron un 30,4% en el primer semestre de 2011, hasta las 20.335 quejas presentadas, según datos de la oficina de atención al usuario de telecomunicaciones a los que tuvo acceso Europa Press.

Del total de reclamaciones, un 69,1% se resolvieron a favor del usuario, frente al 81,6% del mismo periodo de 2010, mientras que un 30,9% resultaron favorables al operador, frente al 18,4% de enero a junio de 2010.


Por servicios, los de telefonía móvil acumularon el mayor número de reclamaciones, con un 53,8% del total, seguidas de las quejas por acceso a Internet, con un 16,8%, por paquetes de voz y datos, con un 16,6% y por servicios de telefonía fija, con un 12,1%.


En cuanto a las reclamaciones por materia, en el caso de la telefonía fija, la mayoría (un 35%) fueron por facturación, por portabilidad (16,8%), por bajas (un 12,4%) y por el servicio universal (9,9%), mientras que en telefonía móvil, la mayoría de quejas hacían referencia a facturación (un 40,5%), bajas (19,5%) y SMS (14,9%).

En el caso de acceso a Internet, un 57,5% fueron por el servicio fijo, y un 42,5% por el servicio móvil, frente al 64,6% del fijo y el 35,4% del móvil del año anterior. La mayor parte de las quejas en este segmento también se refirieron a facturación (50,5%), a bajas (21,5%) y altas (17,6%).

Por operadores, el mayor número de reclamaciones fueron para Ya.com, con 3,74 reclamaciones por cada 10.000 abonados, y Ono, 1,35 por cada 10.000, en el caso de acceso a Internet; para Ya.com, con 3,41 reclamaciones por cada 10.000 abonados, y Jazztel, con 2,05 por cada 10.000, en telefonía fija, y para Vodafone, con 3,49 por cada 10.000, y Movistar, con 1,84 por cada 10.000 en el caso del móvil.

http://www.europapress.es/sociedad/consumo-00648/noticia-reclamaciones-operadores-aumentan-304-20111021142852.html

viernes, 21 de octubre de 2011

FACUA denuncia a Movistar por publicidad engañosa de su recarga X4

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a Movistar por realizar publicidad engañosa de su recarga x4.

"Recarga Movistar. Multiplicamos por cuatro todas tus recargas hasta el 31 de octubre" asegura la compañía en su publicidad, para ofertar en su campaña televisiva: "Lo que realmente molaría es multiplicar por cuatro tus recargas ¿no?, ahora sólo con movistar todas tus recargas se multiplican por cuatro, llamando gratis al 1200".

Sin embargo, la publicidad no especifica que esta promoción se aplica exclusivamente al importe que se utiliza en llamadas y SMS/MMS a móviles de la misma compañía o a fijos, ni advierte al usuario que puede disfrutar de dicha recarga durante un período de treinta días desde que recibe un SMS de confirmación del saldo.

En el anuncio televisivo, esta información aparece durante pocos segundos y utilizando una tipografía muy pequeña, que la hacen pasar desapercibida y casi ilegible. Igualmente sucede en su versión impresa para marquesinas.

Además, el reclamo "todas tus recargas" es falso, ya que la compañía impone que esta promoción sólo se aplica a las llamadas que se realizan a números Movistar y números fijos, así como a SMS/MMS que se envíen a números del operador móvil del Grupo Telefónica.

Entre otros organismos, las denuncias han sido remitidas a la Consejería de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid, donde Movistar tiene su sede social, y al Instituto Nacional del Consumo (INC) del Ministerio de Sanidad y Consumo.

FACUA argumenta que la publicidad de esta empresa induce o puede inducir a error a los consumidores, incurriendo en publicidad engañosa, definida en el artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal. Este artículo estipula que "se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico".

Asimismo el artículo 7 de esta ley estipula que "se considera desleal la omisión u ocultación de la información necesaria para que el destinatario adopte o pueda adoptar una decisión relativa a su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa. Es también desleal si la información que se ofrece es poco clara, ininteligible, ambigua, no se ofrece en el momento adecuado, o no se da a conocer el propósito comercial de esa práctica, cuando no resulte evidente por el contexto".

La Peor Empresa del Año

Movistar ha sido elegida por los consumidores, por segunda vez, como La Peor Empresa del Año. En estos premios, organizados por FACUA desde 2010, Movistar compitió con otras cuatro empresas y acaparó el 35% de los votos.

El motivo de este premio es que el gran cambio introducido el año pasado por la principal compañía de telecomunicaciones del país se produjo simplemente en su imagen corporativa, pero no en el trato a los usuarios, que no resulta precisamente el mejor ejemplo a imitar por el resto del sector. La empresa española continuó con una política de publicidad engañosa, tarifas excesivas y desatención a las reclamaciones de sus clientes.

https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=6320

Las comisiones bancarias continúan su imparable ascenso

Las comisiones bancarias, esas grandes desconocidas, han pasado a ser noticia últimamente por su constante tendencia alcista. Su incremento parece convertirse en una alternativa suculenta ideada por las entidades para obtener ingresos y compensar la disminución de beneficios causada por la crisis.

Se trata de las cantidades monetarias que bancos y cajas nos cobran por la prestación de diversos servicios como; ingresar un cheque de otro banco, transferir dinero a otra entidad, tener una cuenta bancaria, entre otras. En su afán por tener liquidez son cada vez más las razones por las que las entidades cobran por su gestión y servicios de intermediación.

Las cuentas bancarias tienen diferentes tipos de comisiones. Las que más se aplican son las de mantenimiento de cuenta, administración y las transferencias de fondos.

La comisión por mantenimiento se aplica a los titulares de una cuenta con independencia del saldo, número de asientos practicados, etc, y se suele cobrar anual o semestralmente. Su cuantía es estipulada de forma particular por cada entidad: algunas cobran hasta 30€ por este concepto, mientras otras eximen al cliente si el saldo medio de la cuenta es superior a cierta cantidad, o si el cliente tiene la nómina domiciliada.

La comisión de administración se paga junto con la de mantenimiento, y se genera por el hecho de realizar movimientos y operaciones a través de la cuenta aunque otras solamente lo cobran a partir de un número determinado de apuntes.

Las comisiones de mantenimiento y administración rondan los 25,80€ en las cuentas corrientes (3,44€ más que las que se cobraban en diciembre) y las que se aplican a las cuentas de ahorro en torno al 25,16€ (unos 3,43€ más que anteriormente).

Las diferencias son significativas también en las comisiones por transferencias. Se trata de la cantidad que debe pagar el ordenante de la transferencia, aunque debido a la normativa del Banco de España en las que se permite a los bancos cobrar comisiones tanto al emisor como al receptor de la transferencia (desde octubre de 2006), el beneficiario también pagará a su entidad lo que ésta tenga tarifado en concepto de abono de transferencias .

Así pues, el valor medio por la realización de transferencias nacionales es de 0,34% sobre el importe, con un mínimo de 4,28€, cuando antes el mínimo era de 3,14€.

No nos olvidemos de la temida comisión por descubierto; los números rojos también son hoy más caros que el año pasado. Se trata de la comisión que nos cobrará la entidad si nos quedamos con saldo negativo en la cuenta, si se efectúa algún cobro o se intenta disponer de dinero sin tener saldo disponible.

Este cargo es automático y se aplica habitualmente sobre el mayor saldo en descubierto que la cuenta haya tenido durante el periodo de liquidación.

El valor medio por descubierto que se paga actualmente es de 4,15% sobre el saldo negativo, con un mínimo de 12,72€, unos 0,67 puntos porcentuales por encima del que se cobraba en diciembre. Además, en la reclamación de descubiertos, el valor medio actual está en los 31,93€ (cuando antes estaba en 31,15€).

También han incrementado las comisiones por ingresar cheques sobre otra entidad:

El valor medio por el ingreso de cheques provenientes de otra entidad es de 0,35% del importe con un mínimo de 2,92€ (antes era 2,88€). En el caso de devoluciones de cheques, solo por la operación de ingresar el cheque y dar el aviso de cheque sin fondos, se cobra 13,38€ cuando antes eran 12,73 € (0,65€ más que en diciembre).

Y finalmente, la más elevada; la comisión por utilización de tarjetas y disponer de efectivo desde cualquier cajero.

La cuota anual a pagar tiene un valor medio actual de 19,89€ para tarjetas de débito y para tarjetas de crédito de 36,93€, cuando antes se cobraban a 17,30€ y 34,39€ respectivamente.

El valor medio que se cobra sobre el importe por la disposición de efectivo desde un cajero es el siguiente de acuerdo al tipo de tarjeta, comparándolo con el importe que se cobraba en diciembre del año pasado:

CAJEROVALOR MEDIO septiembre
(Euros)
VALOR MEDIO diciembre
(Euros)
Propia entidad00
Propia red1,020,80
Otras redes3,072,95
Extranjero3,143,07
CAJEROVALOR MEDIO en septiembre
(Euros)
VALOR MEDIO en diciembre
(Euros)
Propia entidad2,732,64
Propia red3,623,44
Otras redes3,803,60
Extranjero4,033,82

En conclusión, como hemos podido ver, todas las comisiones han subido su importe y las que más lo han hecho han sido las comisiones de mantenimiento y administración, con 3,44€ más que el año pasado, tanto en las cuentas corrientes como en las cuentas de ahorro. Aunque, teniendo en cuenta la remuneración que los bancos ofrecen a sus clientes por tener una cuenta bancaria, es evidente que el usuario pocas veces llega a sacar provecho de su cuenta.

A esas dos comisiones, le siguen las comisiones por la tenencia de una tarjeta de débito y de crédito, que aun siendo las comisiones más elevadas, han incrementado su importe hasta 2,50€ más que el año pasado.

Asombrosamente, la comisión por descubierto, que debería haber subido más por la situación económica actual, no ha incrementado excesivamente; unos 0,67 puntos porcentuales más por descubierto en cuentas y 0,78€ más por reclamación de posición deudora.

Esperemos que ésta sea la última subida de importes en las comisiones, o sino, que como mínimo los bancos tengan un mayor margen de negociación de las mismas en función de la vinculación y la situación específica del cliente.Enlace

Aunque las entidades intentan encubrir el constante incremento de las comisiones, a través de campañas y promociones llamativas que eximen a jóvenes, pensionistas y clientes con vinculación del pago de comisiones, la realidad es que las cifras son cada vez mayores y todos sin excepción debemos asumirlas.

http://www.bankimia.com/blog/las-comisiones-bancarias-continuan-su-imparable-ascenso/2011/10/21/


jueves, 6 de octubre de 2011

Los bancos no informaron de las 'cláusulas suelo' a casi el 90% de los hipotecados, según Facua

El 87% de los hipotecados no fueron informados por su banco o caja de que su crédito para financiar su hogar contaba con una 'cláusula suelo', es decir, que el tipo de interés que pagan por su préstamo no puede bajar de un determinado porcentaje por más que descienda el Euríbor, según ha denunciado Facua-Consumidores en Acción.

En una encuesta elaborada por la asociación entre más de 3.200 hipotecados, el 42% asegura contar con una hipoteca que incluye una 'cláusula suelo' que le ha impedido beneficiarse de la caída del Euríbor, mientras que un 27% incluso asegura desconocer si existe o no. Aún así, sólo un 25% desconoce cuándo y cómo se revisa su hipoteca.

Según Facua, un 40% de los usuarios advierte de que antes de contratar el préstamo hipotecario no recibieron información "completa y detallada" sobre el tipo de interés aplicable y su revisión.

Un 55% ni siquiera fue informado previamente de los gastos y comisiones que conlleva firmar una hipoteca, mientras que nueve de cada diez dice que las entidades financieras le ocultaron su derecho a elegir notario y a revisar la escritura en la notaría tres días antes de la firma.

Así pues, el 84% admite que no sabría qué debería hacer en caso de no pagar la hipoteca. Las entidades, sin embargo, sí que informaron y obligaron al 88% de los hipotecados a contratar un seguro (de vida, hogar, impago etc.) para beneficiarse de ofertas.

http://www.europapress.es/economia/finanzas-00340/noticia-economia-finanzas-bancos-no-informaron-clausulas-suelo-casi-90-hipotecados-facua-20111004150025.html

viernes, 30 de septiembre de 2011

Seguros de tipo de interés o derivados financieros (swaps, cap, …)

Los seguros de tipo de interés son pólizas cuya función es cubrir ante la volatilidad de los tipo de interés a tipo variable. Los vehículos a través de los cuales las entidades financieras instrumentalizan estos tipos de seguros son los siguientes derivados financieros:

  • Swaps o permutas financiera: su función es cubrir el riesgo de subida de los tipos de interés. Se establece un importe fijo y un tipo fijo (el valor por el que no queremos que suba nuestro interés), si los intereses bajan el cliente asume el coste de la diferencia y si los intereses suben el cliente tiene cubierta la diferencia del tipo.
  • CAPs: consiste en acordar un tipo de interés máximo pagando una prima, de forma que nos protege cuando el tipo de interés sube por encima del tipo de interés acordado inicialmente. Si el interés incrementa por encima del máximo acordado la entidad financiera asume la diferencia.

Los swaps y sus inconvenientes

Supongamos que tenemos una hipoteca del euribor+0,75 y decidimos contratar un swap al 5% porque creemos que el interés subirá.

Si en la revisión el euribor tiene un valor del 4,75% nuestro interés asciende al 5,50%, entonces la entidad financiera nos cubrirá la diferencia correspondiente a los intereses.

Si en la revisión de la hipoteca el euribor tiene un valor del 2%, nuestro interés será del 2%. Como el valor de nuestro interés está por debajo del valor contratado deberemos pagar la diferencia al banco.

De forma que si el euribor hipotecario sigue una tendencia contraria a la que esperábamos nos perjudica y debemos pagar nosotros a la entidad financiera la diferencia, algo que no todo el mundo tiene claro cuando firma un swap.

Otro inconveniente es que si tenemos un swap y decidimos subrogarnos a otra entidad financiera tendremos que pagar la liquidación del swap, que puede suponer un importe muy elevado.

Antes de contratar un swap debemos tener claro que realmente no es un seguro del tipo de interés, es un derivado financiero. Y que sólo nos beneficiará si los tipos son altos, así que debemos estar muy seguros que el euribor seguirá una tendencia alcista para contratarlo.

Swaps y cláusulas de suelo: mala combinación

Las cláusulas de suelo son aquellas que limitan la bajada del tipo de interés variable de un préstamo hipotecario. Es decir, si tienes una hipoteca al euribor+0,70 y un suelo del 3%, si al realizar la revisión el euribor está al 1,2% tienes un tipo de interés del 1,9%, pero al tener la cláusula de suelo al 3% los intereses se calcularán en base al 3%, que es el mínimo que te aplica la entidad.

De forma que si tenemos un swap y una cláusula de suelo y el euribor tiene una tendencia bajista, debemos abonar al banco la diferencia correspondiente al swap. Además, la cuota de la hipoteca no se beneficiará.

Ejemplo de los CAPs

Los CAP consisten en que el cliente paga una prima por cubrir las subidas del tipo de interés.

Supongamos que tenemos una hipoteca al euribor+0,75 y contratamos un CAP del 4%. Pagaremos al banco una prima para poder asegurar hasta un máximo el interés.

Si el euribor sube en la revisión de la hipoteca y tiene un valor del 4%, como nuestro interés será del 4,75% la entidad financiera asumirá la diferencia de los intereses del 4% al 4,75%, depende del valor de la prima que habíamos pagado nos compensará el gasto asumido.

Si en la revisión el euribor se reduce y tiene un valor del 2%, nuestro interés será del 2,75%, como no supera el máximo que fijamos no asumimos ningún otro gasto, (sólo la prima que ya habíamos pagado inicialmente).

Se trata de un seguro que es interesante contratar cuando queremos una estabilidad y no preocuparnos de altos incrementos del euribor. Debemos tener presente la diferencia entre un CAP y un swap antes de contratar uno de los dos seguros.

http://www.bankimia.com/blog/seguros-de-tipo-de-interes-o-derivados-financieros-swaps-cap/2011/09/29/

jueves, 29 de septiembre de 2011

¿Cómo saber si un banco es seguro? Consejos para elegir dónde guardar el dinero.

¿Cómo saber si un banco es seguro? Consejos para elegir dónde guardar el dinero

Si hay una palabra que defina la situación bancaria actual, esa es desconfianza. Mientras hace apenas un año casi nadie se planteaba la quiebra de un banco, a día de hoy guardar nuestros ahorros es como caminar sobre el hielo, tratando de no dar un paso en falso mientras buscamos terreno estable.

El problema es que las entidades no son demasiado transparentes al respecto. Siempre te dirán que son bancos solventes, por eso conviene informarse y no dar nuestro dinero a cualquiera.

5 consejos para elegir un banco seguro

Ahí van algunos consejos para facilitar la elección del banco más seguro:

  1. Consultar las listas de los bancos más solventes. Algunas publicaciones económicas hacen rankings con los bancos más seguros. Es el caso de la revista Global Finance, que publicó la lista de los 50 bancos más solventes del mundo, entre los que se incluyen los españoles Santander, BBVA y Banesto
  2. Conocer las calificaciones de las agencias de rating como Moody’s, Fitch o Standard & Poors. Se trata de poner nota a los bancos y cajas y es un valioso referente para conocer la solvencia de las entidades financieras, aunque no hay que tomar sus resultados de forma dogmática: Lehman Brothers tenía una nota de A (aprobado) cuando quebró. Moraleja: sus previsiones pueden fallar
  3. Consultar los últimos resultados de stress tests. Son pruebas de solvencia llevadas a cabo por organismos nacionales (Banco de España, Banco Central Europeo, etc.) que permiten saber hasta qué punto un banco está resistiendo bien la crisis financiera. Se pone una nota, en la que el aprobado es el 5, que nos permite hacernos una idea de la solvencia de la entidad
  4. Conocer los respaldos de cada entidad. Si vamos a abrir un depósito u otro producto de ahorro o inversión, debemos conocer las garantías. Los depósitos siempre están garantizados por un Fondo de Garantía de Depósitos, aunque no todos los bancos operan con el mismo. ING Direct y Banco Espirito Santo, por ejemplo, operan con el FGD de sus respectivos países (Holanda y Portugal) y no en el español. Además, hay que conocer el riesgo de cada producto, porque bonos, obligaciones, pagarés y demás no están cubiertos por este fondo y el riesgo es el de la propia entidad
  5. Informarse de si ha sido rescatado por el FROB. No hay que quedarse con los resultados de los stress test. El historial del banco es importante, y si ha recibido una o más inyecciones del FROB el resultado del test puede ser más favorable, pero es engañoso, especialmente si lo comparamos con entidades que no han sido rescatadas

Si seguimos estas recomendaciones, seguramente elegiremos con mayor criterio y evitaremos caer en entidades que han demostrado ser ruinosas como la CAM, intervenida este verano por el Estado.

http://www.helpmycash.com/blog/como-saber-si-un-banco-es-seguro-consejos-para-elegir-donde-guardar-el-dinero/

Telefonía móvil: facturación. Tus derechos.

Una persona ha solicitado una línea de contrato que me facturan en mi cuenta y yo no he firmado ningún contrato, ¿puedo solicitar que cancelen esa línea y me devuelvan el importe?Una persona ha solicitado una línea de contrato que me facturan en mi cuenta y yo no he firmado ningún contrato, ¿puedo solicitar que cancelen esa línea y me devuelvan el importe?

La cancelación de la línea sólo puede ser solicitada en principio por el titular, si bien puedes oponerte a que se realicen los cargos en tu cuenta, toda vez que los contratos sólo producen efectos entre las partes contratantes y, en su caso, sus herederos. Por lo tanto, tu reclamación debería ir encaminada a tu falta de consentimiento para la activación de ningún tipo de servicio con la empresa, y a la consecuente anulación de los cargos emitidos en tu nombre.

Recibo SMS en mi móvil que no he solicitado. Me los están facturando y mi compañía me dice que no tiene nada que ver. ¿Qué hago?

Lo más razonable sería reclamar tanto a la empresa de la cual proceden los SMS como al operador que emite las facturas, a efectos de poder acreditar que este hecho se puso en conocimiento de ambos, así como para que ambos actúen para solucionar el problema, debiendo solicitarse a la compañía tanto la inhabilitación de dicho servicio como la devolución de las cantidades indebidamente cobradas.

La compañía de teléfono móvil tiene que devolverme un importe facturado erróneamente. ¿Qué plazo máximo tiene para realizar dicho reintegro?

En principio no existe plazo concreto, si bien dependiendo de la tardanza siempre cabe la posibilidad de reclamar el pago de los intereses correspondientes, lo cual está siendo ya incorporado en los contratos por parte de algunos proveedores del servicio.

Mi compañía de telefonía móvil me está cobrando por un servicio que, según me informaron, es gratuito. ¿Tengo derecho a que me devuelvan el importe?

La oferta, promoción y publicidad de los productos o servicios serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido. No obstante, sería necesario tener prueba de dicha oferta, promoción o publicidad, a efectos de poder acreditar su incumplimiento.

La compañía con la que tengo contratado el servicio de telefonía móvil no me permite realizar el pago de mis facturas salvo por domiciliación bancaria. ¿Es correcta esta práctica?

No. En todos los contratos de telefonía debe incluirse ya el reconocimiento del derecho a la elección del medio de pago por el cual pueden optar los usuarios, entre los que deben encontrarse los comúnmente utilizados en el tráfico comercial.

No estoy conforme con las tarifas que mi compañía de móvil me está aplicando. ¿Cómo puedo verificar que son correctas?

Las compañías tienen la obligación de incluir en los contratos los datos relativos a los precios y tarifas que se aplican y las modalidades de obtención de información actualizadas sobre las tarifas aplicables.

Asimismo, dichas tarifas tienen que incluirse en la página Web de la empresa que aparezca en el contrato, si bien estas se encuentran sometidas a los mismos requisitos arriba expuestos. Cabe recordar que el mercado de telefonía móvil es un mercado liberalizado y no existe regulación de precios, si bien los mismos tienen que estar publicados de forma obligatoria en la página web.

Si estoy en desacuerdo con la factura de móvil recibida, ¿cómo puedo reclamar?

Todos los usuarios de telecomunicaciones pueden presentar una reclamación cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados. En primera instancia deberás dirigirte al departamento o servicio de atención al cliente de tu operador, en el plazo de un mes desde el momento en que tengas conocimiento del hecho que la motive.

En el caso de una reclamación de facturación, desde la fecha de recepción de la factura. Los usuarios podrán presentar sus reclamaciones por vía telefónica, a través de Internet, por correo postal, o directamente en las oficinas comerciales del operador. En todos los contratos deberá figurar el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial del operador y del departamento de atención al cliente.

Cuando los usuarios presenten la reclamación por teléfono, el operador está obligado a facilitarle un número de referencia así como a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación. Si en el plazo de un mes el usuario no hubiera recibido respuesta del operador o la respuesta no le satisface, podrá acudir a las siguientes vías:

-Juntas Arbitrales de Consumo

-Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

En cualquier caso el usuario puede acudir a las organizaciones de consumidores y usuarios donde te asesorarán sobre tus derechos y vías para ejercitarlos.


Las facturas de teléfono móvil no me las envían detalladas. ¿Tienen obligación de hacerlo?

Las facturas de nivel básico tienen que reflejar el periodo de facturación, la cuota mensual fija, otros cargos y cuotas mensuales fijos, detalles de todas las comunicaciones, salvo las metropolitanas de tarifa en horario normal inferior a 3 céntimos/minuto y el resto de llamadas, de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos/comunicación, así como el importe total facturado y total del IVA y el costo integral de la factura. Asimismo, cada llamada deberá detallar el número llamado, la fecha y hora e la llamada, la duración de esta, la tarifa aplicada y el coste total de la llamada. Cabe resaltar que las llamadas gratuitas no deben aparecer en la factura.

Los abonados a la modalidad de prepago también tienen derecho a recibir esta información a través de los medios que se especifiquen en las correspondientes condiciones generales.


Mi proveedor de telefonía móvil me está amenazando con incluirme en una lista de morosos por no abonar una factura con la que no estoy conforme. ¿Qué puedo hacer?

En primer lugar tendrías que plantear la reclamación con el fin de determinar la procedencia o no de la factura. En caso de que la consideres improcedente y la empresa te incluya en alguno de estos listados, habría que acudir a otras vías que determinen, en primer lugar, la procedencia legal o no de la factura y en segundo lugar, los posibles daños o perjuicios causados.

No obstante, la inscripción en cualquier tipo de fichero debe venir precedida de la existencia de una deuda cierta, vencida y exigible, y que haya sido requerida de pago previamente.


Si no pago una factura de teléfono móvil, ¿pueden cortarme la línea?

En primer lugar, habría que estar a las condiciones establecidas en el contrato que en la mayoría de los casos estipulan que el retraso en el pago de una factura superior a un mes puede dar lugar a la suspensión temporal de los servicios.

Si el plazo de demora supera los 3 meses, el operador podría llegar a suspender los servicios de forma definitiva con la consiguiente pérdida de la numeración.

https://www.facua.org/es/derechos.php?Id=57

Seguros: ¿dónde hay más problemas?

La relación de los consumidores con las compañías aseguradoras no suele ser fácil, especialmente cuando se produce un siniestro. El asegurado es entonces la parte débil, que a menudo se ve en una situación de desventaja y está obligado a reclamar. Pero no todos los ramos son igualmente conflictivos. Te contamos cuáles son los más problemáticos.

El Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones (DGSFP) ha publicado el número de reclamaciones de los asegurados que ha recibido durante 2010, clasificándolas por los distintos ramos de seguros: hogar, vehículos, decesos, accidentes… A pesar de que algunos sectores tienen muchas reclamaciones, para identificar cuáles son los ramos más problemáticos, los más conflicitivos para el asegurador es preciso relacionar el número total de reclamaciones con el volumen de primas.

Los multirriesgo lideran las reclamaciones

El mayor número de reclamaciones vienen de problemas con pólizas multirriesgo del hogar: sólo este ramo acapara casi un tercio de las reclamaciones ante el Servicio de reclamaciones de la DGSFP.

Los ramos con más reclamaciones ante la DGSFP en 2010 son:

  • Multirriesgo del hogar: 1.928 reclamaciones
  • Enfermedad: 922 reclamaciones
  • Vida: 660 reclamaciones
  • Vehículos terrestres: 621 reclamaciones
  • Defensa jurídica: 505 reclamaciones

Los seguros de Defensa Juridica, los más problemáticos

Algunos sectores tienene muchas reclamaciones, pero eso no significa que sean los más conflictivos para el asegurado. Para saber qué ramo es el más problemático hay que relacionar el número total de reclamaciones con el peso de cada ramo. Lo hemso calculado tomando como referencia el volumen de primas (en millones de euros) y hemos comprobado que las pólizas de defensa jurídica son las que mayor número de reclamaciones relativas tiene. Dos cuestiones pueden explicar esto:

  • Es habitual en este ramo que haya una cláusula que deje al arbitrio de la aseguradora el realizar la reclamación si la considera o no viable. Si el asegurado continúa por su cuenta la reclamación y consigue un resultado positivo, la aseguradora no pierde nada, pues simplemente le reembolsa lo que le tendría que haber pagado desde un principio. Esta cláusula es, a juicio de la OCU, abusiva, por lo la hemos impugnado, aunque el Tribunal Supremo no nos ha dado la razón.
  • También suele originar conflicto esta garantía cuando se vende conjuntamente con el seguro de automóvil, pues debido a los convenios entre aseguradoras, es la del vehículo no culpable la que se encarga de reparar… Y claro, a ese perjudicado se le niega la defensa jurídica porque aunque quiera reclamar contra la compañía del culpable, en realidad lo está haciendo contra la suya propia.

¿Conflictos con la aseguradora? Reclama

En caso de desacuerdo con la aseguradora, si en la compañía no te solucionan el problema, puedes reclamar ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones. Esta vía de reclamación:

  • Es gratuita.
  • No resulta muy rápida, pues primero tienes que reclamar a la aseguradora que tiene dos meses para contestar y luego esperar unos cuantos meses (8 de media) a que conteste la Dirección general de Seguros.
  • Lamentablemente, las decisiones de este Servicio de Reclamaciones, como sucede con el del Banco de España, no son vinculantes: es decir, que aunque te den la razón, la aseguradora puede no acatar la resolución.

En el caso particular de los problemas con los seguros de defensa jurídica, que como vemos han sido los más problemáticos en 2010, como alternativa a la vía judicial se puede acudir a la vía del arbitraje. No cuenta con las mismas garantías que la judicial, pero es rápida, gratuíta y la decisión en ese caso sí es vinculante.

http://www.ocu.org/seguros/seguros-donde-hay-mas-problemas-s553584.htm

El consumo podría subir 3 puntos si caen los intereses de las hipotecas un 1%

El gasto en consumo de los hogares propietarios de viviendas podría aumentar en torno a tres puntos porcentuales si se redujeran los tipos de interés de las hipotecas para financiar la compra en 100 puntos básicos, según estima el Banco de España en el 'Boletín Económico' correspondiente al mes de septiembre.

Tomando como referencia la Encuesta Financiera de las Familias (EFF) para el periodo 1990-2005, la entidad liderada por Miguel Ángel Fernández Ordóñez calcula también que un incremento de un año en el plazo del vencimiento de la hipoteca elevaría el consumo en torno a 1,3 puntos porcentuales.

"La forma en la que se financia la compra de una vivienda condiciona la evolución del gasto de consumo de las familias, tanto antes como durante un largo periodo después de dicha compra", explica Ernesto Villanueva, de la Dirección General del Servicios de Estudios del Banco de España al inicio de su artículo.

Dependiendo de las rentas, el alargamiento del plazo de vencimiento en un año podría incrementar también, señala la institución, el gasto entre 2 y 3 puntos porcentuales, con mayor incidencia en los grupos de hogares con rentas inferiores.

Así pues, el grupo con una renta actual menor que la permanente elevaría su consumo alrededor de 2,5 puntos porcentuales, en tanto que en los grupos con renta permanente constante, es decir, con menores expectativas de crecimiento, se produciría el efecto inverso: menor consumo ante la disminución de los tipos de interés de la hipoteca.

CAMBIOS EN EL VENCIMIENTO

"La respuesta en consumo a cambios en el plazo de vencimiento sólo es estadísticamente significativa entre los grupos con mayor crecimiento esperado de la renta", constata el Banco de España en las conclusiones del artículo.

El instituto emisor sugiere el "papel importante" de las condiciones financieras en las decisiones de gasto, si bien subraya que este consumo podría depender además de variables empleadas por las entidades a la hora de conceder créditos y que no son recogidas por la EFF.

Por último, la entidad encabezada por Ordóñez considera que estas conclusiones pueden ser "útiles" para anticipar nuevos escenarios de recuperación del gasto en consumo de los hogares en el futuro.

http://www.europapress.es/economia/noticia-consumo-podria-subir-puntos-si-caen-intereses-hipotecas-20110928113103.html

Prepárese para pagar más en su sucursal bancaria

Adiós a la gratuidad de la domiciliación de recibos, la emisión de transferencias o la retirada de efectivo en cualquier cajero automático... Y también, adiós a recibir gratuitamente consejos del director o comercial de su oficina bancaria para adentrarse en algún producto o aceptar una determinada inversión. A partir de ahora, si quiere dejarse guiar, tendrá que pagar. Eso sí, lo que obtendrá será un servicio mucho más personalizado, acorde a su perfil y según sus expectativas de inversión.

Ése es el nuevo camino que están explorando la mayor parte de las entidades financieras de España. Y una orden ministerial de Economía y Hacienda podría avalar, y generalizar, el cobro por este tipo de servicios. Se trata del proyecto de Orden de Transparencia Bancaria, en el que, según explican fuentes de la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas (Adicae), «se abre la puerta para que los bancos comiencen a cobrar por su asesoramiento». La organización cifra estos servicios en precios que se moverían «entre los 120 y los 600 euros por hora».

Sin embargo, los expertos financieros insisten en que el asesoramiento será una posibilidad más de elección. Aunque, quien la escoja, sí tendrá que pagar. «No creo que una entidad llegue a facturar a todo el mundo por estos servicios», explica Carlos Tusquets, presidente de Efpa España. «Posiblemente, se circunscriba a las empresas de asesoramiento financiero (EAFI)», indica Tusquets. «Otra cosa es que el asesoramiento se implante como actividad habitual entre los bancos», afirma el presidente de EFPA España.

Mayor transparencia

Una de las características del nuevo modelo bancario que se está fraguando en medio de la crisis económica es su apuesta por el asesoramiento especializado de los profesionales a sus clientes. «Es mejor pagar por este tipo de servicios con una tarifa clara, en vez de que te lo cobren por otro lado, a través de comisiones u otras tarifas, por ejemplo», explica Carlos Moreno de Tejada, director general de Inversis Banco.

Por ello, el responsable de esta entidad considera que «es mejor que el cliente sepa lo que está pagando y conozca lo que la entidad está dispuesta a ofrecerle». La diferencia entre el nuevo modelo de asesoramiento y el que imperaba hasta ahora, es que el profesional guiará al cliente, dedicándole más tiempo, tendrá en cuenta su perfil como inversor, se fijarán una serie de objetivos y se evitará la mera colocación de productos, dependiendo del interés coyuntural que tenga la entidad en un determinado momento.

http://www.abc.es/20110928/economia/abci-sucursal-bancaria-201109281037.html

martes, 27 de septiembre de 2011

Los precios de las llamadas de móvil en España, cuesta abajo y sin freno

Más baratos que ayer, pero más caros que mañana. Los precios de la telefonía móvil continúan su descenso y mantendrán esta tendencia en el futuro gracias a la irrupción de los operadores móviles virtuales, que están presionando al resto de grandes operadores para reducir las tarifas.

El estudio sobre el mercado de telefonía móvil realizado por la consultora Neoris se centra sobre la política comercial de los siete operadores más representativos -Movistar, Vodafone, Orange, Yoigo, más los virtuales Simyo, Pepephone y MASmovil-.

La conclusión es que los precios más baratos son los ofrecidos por estas últimas compañías en todo un catálogo de 25 tipos de tarifas. Excepto en el caso de las tarifas planas de voz y las de voz y datos, donde Orange es la más competitiva, Masmovil es el operador que más está recortando las facturas a sus clientes.

El margen para que esta tendencia al abaratamiento de precios continúe es amplio, según la consultora. El pasado mes de junio, la Comisión Europea señaló a España como el país más caro en telefonía y servicios de telecomunicaciones. El informe Eurostat (http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/page/portal/product_details/publication?p_product_code=KS-SF-11-028) indicó que la telefonía móvil es como media, un 60% más cara que en el resto de la UE con precios de hasta 16 céntimos por minuto frente a los 10 céntimos que como media se paga en el resto.

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/26/economia/1317038288.html

lunes, 26 de septiembre de 2011

Más de la mitad de los españoles que se asesoran en temas financieros lo hacen a través de los bancos

El 54,2% de los españoles que se asesora en temas financieros lo hace a través de las entidades bancarias, según el estudio 'Conocimiento y valoración de los asesores financieros en España' realizado por el Instituto de Estudios Bursátiles (IBE) junto con Inversis Banco y Fidelity International.
Un 35% no está satisfecho con su asesor.
El informe destaca que, del casi el 80% de españoles que utiliza alguna fuente de asesoramiento financiero, un 39,6% emplea otro tipo de asesores, como fiscales, abogados o economistas, un 35,9% recurre a asesores financieros independientes y un 12% a Internet.

Según el jefe del departamento de investigación del IEB, Lorenzo Dávila, esta "bancarización" del asesoramiento financiero en España se debe a la "gran profesionalización" del sector bancario, "que es mucho más fuerte que en otros países, como Reino Unido, donde se recurre más al asesor independiente".

Dávila ha resaltado que las personas que acuden a los bancos para asesorarse suelen ser personas con "un menor perfil formativo" y que las que tienen una mayor formación utilizan los servicios de otras fuentes, como las 'online'. Además, ha señalado que son los jubilados los que más recurren a las entidades, mientras que los que buscan asesoramiento alternativo suelen ser los empresarios y autónomos.

Por otra parte, el estudio subraya que siete de cada diez inversores están dispuestos a pagar por los servicios de un asesor financiero si éste les ofrece una mayor confianza y claridad a la hora de gestionar sus ahorros. Un 64% dice que pagaría si el asesor se dedicara a analizar su situación financiera concreta, un 60,9% si el asesoramiento fuese más barato y un 60,6% si le ofreciese un mayor abanico de productos entre los que elegir.

Dentro de los que utilizan los servicios de un asesor financiero, el 72,8% confiesa estar plenamente o bastante satisfecho con su trabajo, mientras que un 23% dice confiar poco en sus consejos y un 4% asegura que no se fía "en absoluto" de esta figura.

Dávila ha explicado que los que menos confían en sus asesores son los asalariados, frente a los empresarios y autónomos, que son los que más confianza tienen en éstos.

Casi un 35% no está satisfecho con su asesor

Otro de los aspectos que destaca el estudio del IEB es que el 34,6% de los encuestados asegura que cambiaría de asesor financiero porque no está contento con los servicios del actual, mientras que un 42% lo cambiaría para mejorar el rendimiento de sus inversiones.

La cuestión monetaria es la que menos pesa a la hora de buscar otro tipo de asesoramiento financiero, ya que sólo el 21,7% asegura que lo haría si les resultase más económico.

Según ha indicado el director de marketing de Fidelity International, Antonio Salido, lo que más le preocupa a la gestora de fondos de inversión es la satisfacción del cliente con sus asesores, "ya que si el cliente está bien asesorado, elegirá bien los productos que ofrece Fidelity".

Por su parte, el director general de Inversis Banco, Carlos Moreno, ha destacado que el asesor financiero "ya no puede ser esa persona que aconseja de todo, debe ser un profesional". Según Moreno, una mayor profesionalización por parte de los asesores se traduciría en un mayor entendimiento de los clientes.

En este sentido, el jefe del departamento de investigación del IEB ha señalado que en España, a diferencia de otros países, no hay un filtro normativo que exija ciertos conocimientos a estos profesionales. "Cuantas más barreras formativas se pongan, mejor, porque los asesores están jugando con la calidad de vida de los clientes", ha recalcado Dávila.

http://noticias.fotocasa.es/mas-de-la-mitad-de-los-espanoles-que-se-asesoran-en-temas-financieros-lo-hacen-a-traves-de-los-bancos__9993.aspx

lunes, 19 de septiembre de 2011

Los seguros son difíciles de entender para los consumidores

Tres de cada cuatro españoles cree que los productos y servicios que ofrecen las aseguradoras son difíciles de entender y que todas estas compañías ofrecen lo mismo, según se desprende de un estudio realizado por Accenture.

Otro dato que constata la necesidad de que las aseguradoras mejoren la información sobre productos y servicios para encajar con las expectativas del cliente es que sólo el 27% de los encuestados cree que la información sobre las pólizas es clara y sencilla.

También se desprende del informe que los españoles son los clientes más exigentes de todo el mercado asegurador europeo, y que el 82% está pensando cambiar de aseguradora. Este porcentaje es el más elevado del mercado europeo, junto al de Reino Unido, aunque en China el 96% ve probable cambiar de aseguradora.

Los españoles también son los europeos más dispuestos a pagar un mayor precio por los productos que se ajusten más a sus necesidades y en un 84% de los casos se declara satisfecho con su compañía de seguros.

Sin embargo, existe "cierto desfase" entre lo que esperan de dichas compañías y lo que finalmente reciben, por lo que la claridad de la información y el acceso a ésta, junto a la diferenciación de los servicios se presentan como los principales retos del sector.

El informe también confirma la tendencia al uso de las tecnologías móviles y pronostica que dentro de dos años, tres de cada cuatro clientes usarán dispositivos móviles para interactuar con su compañía.

Concretamente, un 84% espera que el acceso a la operativa con su aseguradora sea posible a través de distintos canales y el 61% espera obtener un amplio abanico de servicios a partir de dispositivos móviles.

http://www.europapress.es/sociedad/consumo-00648/noticia-seguros-son-dificiles-entender-consumidores-20110915135311.html

Casi la mitad de usuarios no sabe qué tarifa de luz tiene contratado

El porcentaje de consumidores de luz descontentos con la respuesta de su compañía eléctrica a las incidencias sufridas en el servicio se sitúa en el 70%, según un estudio realizado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y publicado en su revista 'Compra Maestra'.

En todo caso, la muestra utilizada por este estudio no es aleatoria, sino que procede de las más de 8.200 consultas y reclamaciones recibas en la organización durante el primer semestre del año y de la encuesta realizada entre sus socios.

Sobre esta muestra, el 30% de los usuarios de luz dice haber tenido algún problema con su compañía eléctrica en los últimos doce meses, mientras que en el caso del gas este porcentaje se sitúa en el 20%.

Además, el estudio muestra que el desconocimiento acerca de las características del suministro es amplio. Un 42% de los encuestados no conoce qué tipo de tarifa eléctrica tiene contratada, porcentaje que se eleva al 49% en el caso del gas.

En términos de calificación del servicio de las eléctricas, los consumidores asignan a estas empresas una nota de 3,9, inferior al 7,1 de los consumidores belgas, el 6,5 de los italianos y el 6 de los portugueses.

Junto a esto, cerca del 80% de los encuestados opina que la liberalización del mercado de la luz y del gas no ha fomentado una reducción del precio de las tarifas. El 60% piensa que la información sobre este proceso es claramente insuficiente, mientras que un 76% encuentra dificultades para poder comparar las tarifas de las diferentes comercializadoras.

En este contexto, la OCU lamenta que mientras el Gobierno "se plantea liberalizar el precio de la luz", la calidad de este servicio es "insuficiente", por lo que pide al Ejecutivo que concentre sus esfuerzos en supervisar y controlar con mayor eficacia la actividad de las compañías eléctrica.

La organización indica que durante el primer semestre del año le han llegado 8.200 consultas y reclamaciones relacionadas con el suministro eléctrico, y que más de 100.000 personas se han sumado ya a su campaña por el mantenimiento de la Tarifa de Último Recurso (TUR).

La "única solución para proteger los derechos de los consumidores y usuarios" es "más supervisión y control sobre las compañías", afirma la OCU, antes de recordar que la luz se ha encarecido casi un 50% desde 2008.

http://www.europapress.es/sociedad/consumo-00648/noticia-casi-mitad-usuarios-no-sabe-tarifa-luz-tiene-contratado-20110915125156.html

jueves, 15 de septiembre de 2011

Más fraudes en las transferencias por internet

El Servicio de Reclamaciones del Banco de España informa de que durante 2010 se han disparado las transferencias fraudulentas a través de internet, normalmente vía “phishing”. Te contamos qué hacer si eres víctima de uno de estos sucesos, y cómo prevenirlos.

Durante el pasado año se ha producido un significativo aumento de las reclamaciones causadas por transferencias fraudulentas a través Internet.

Los ciberdelincuentes tienen ideados distintos sistemas para hacerse con las claves de acceso y de firma electrónica de los clientes. Una vez obtenidos estos datos, el estafador solo tiene que entrar en la cuenta y transferir el dinero a otra, normalmente situada en el extranjero. Entre esos sistemas el phishing es el más habitual.

Consiste en el envío masivo de correos electrónicos en los que, suplantando a una entidad financiera y utilizando cualquier excusa, se apremia a introducir las claves de la cuenta. Dichos correos electrónicos incorporan un enlace a una página web que simula la página original de la entidad, de manera que salvo algunos detalles, es imposible distinguirla.

¿Qué hacer en estos casos?

¿Cómo puede actuar el usuario que ha sufrido uno de estos fraudes? En principio, debe dirigirse a su entidad para que le devuelvan el dinero que le han extraído de la cuenta de manera fraudulenta. Según el Banco de España, su banco deberá reembolsarle de inmediato el dinero que se ha transferido, salvo de alguna manera la entidad pueda acreditar que el titular ha actuado de manera fraudulenta o que ha incumplido, de manera deliberada o por negligencia grave, las obligaciones de custodia de sus claves.

Lamentablemente, como sabemos, las resoluciones del Banco de España no son vinculantes para las entidades, que pueden negarse a obedecerlas (en este caso, a devolver los importes defraudados) y obligan los clientes a acudir a los tribunales.

lo mejor es evitar riesgos, siguiendo los siguientes consejos:

El Banco de España establece que, ante el incremento de este tipo de fraude, y en vista de los medios, cada vez más sofisticados, utilizados por los delincuentes para cometer esos fraudes, las entidades deben actualizar, complementar e incrementar sus mecanismos de seguridad y autenticación.

Lo mejor es prevenir

Evita verte en una situación así adoptando unas precauciones de seguridad.

  • Accede a tus cuentas a través del DNI electrónico, ya que es mucho más seguro que hacerlo con claves.
  • Si sigues utilizando claves, manténlas siempre en secreto. Nunca se las facilites a nadie, ni si siquiera si recibe una llamada telefónica o un correo electrónico de su entidad pidiendo las claves u otros datos. Tampoco debes anotar las claves en ningún sitio, ni crear un documento en el ordenador que las contenga. Sigue los mismos consejos para las claves del DNIe.
  • Usa claves aleatorias, que no coincidan con fecha de cumpleaños, matrícula del coche o similares. Tampoco es conveniente utilizar palabras genéricas sin modificar, ya que existen delincuentes que utilizan programas que prueban miles de palabras de uso común como contraseña. Por ello lo más aconsejable es no utilizar palabras que figuren en un diccionario.Una buena idea es utilizar combinaciones de letras y números. Además es aconsejable cambiar las claves periódicamente y siempre que intuya que pueden ser conocidas.
  • Evita en la medida de lo posible acceder a su banco desde ordenadores distintos al tuyo y sobre todo en lugares públicos, como locutorios o cibercafés, en los que muchas personas pueden acceder a la red. Nadie garantiza que el ordenador que uses no esté infectado por algún virus diseñado para capturar sus datos personales o sus claves. Si no tienes más remedio que hacerlo, es muy recomendable cambiar las claves lo antes posible desde un ordenador seguro.
  • Una vez que has accedido a la entidad, no abandones el ordenador hasta que no termine la sesión.
  • Cuando termines las operaciones no olvides pulsar el botón de desconectar para cerrar la sesión, siendo conveniente además que cierres el navegador.
  • Es imprescindible mantener actualizado el sistema operativo, el navegador y el antivirus, además de contar con un cortafuegos que permita aislar nuestro PC de ataques externos.
  • Aunque acceder a través del DNI electrónico es más seguro, también debes tener precauciones. La principal es que una vez que se haya autenticado o haya firmado electrónicamente una operación, retires el DNI del lector.
http://www.ocu.org/dinero-trabajo-e-impuestos/mas-fraudes-en-las-transferencias-por-internet-s551104.htm

Telefonía fija: bajas

La compañía telefónica me ha suspendido el servicio que tenía contratado. ¿Puede hacerlo?

Sólo puede hacerse en caso de impago total o parcial por el abonado durante un periodo superior a un mes desde la presentación a éste del documento de cargo correspondiente a la facturación del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija. Esta interrupción siempre debe venir precedida de previo aviso, aunque no la normativa no establece el tiempo de antelación con la que debe efectuarse la comunicación.

La compañía telefónica ha suspendido mi línea sin previo aviso. ¿Puede hacerlo?

En ningún caso. La suspensión sólo puede producirse cuando se produce un retraso en el pago de la factura superior al mes, y siempre mediando aviso previo, momento a partir del cual el abonado sólo podrá recibir llamadas y realizarla a los servicios de emergencia. No obstante, el impago del cargo por los servicios de tarificación adicional y acceso a Internet sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios. La suspensión siempre podrá realizarse previo aviso al abonado.

Transcurridos tres meses desde la suspensión de la línea sin que se haya abonado la factura, el operador podrá suspender definitivamente el servicio, lo que implicaría la posible pérdida de la numeración asignada.


Quiero dar de baja una línea de teléfono, pero el proveedor me obliga a permanecer un tiempo con ellos. ¿Esta práctica es legal?

En principio, las empresas pueden incluir un compromiso de permanencia en sus contratos, indicando la duración del mismo y las consecuencias de su incumplimiento. Ahora bien, dicho compromiso debe venir siempre asociado a algún motivo justificado, ya que lo contrario podría suponer un enriquecimiento injusto por parte de la empresa. En cualquier caso, el contrato siempre será rescindible, aunque fuera aplicable una penalización por ello.

Asimismo, cabe señalar que en caso de que la baja se lleve a cabo, la penalización deberá ser reducida de forma proporcional por el tiempo en que se haya permanecido de alta, ya que durante dicho periodo la empresa ya recuperó parte de la supuesta "inversión" inicial realizada.

No obstante, ¿qué ocurriría en el caso de que el motivo de la baja correspondiera a un previo incumplimiento de la empresa en el cumplimiento de sus obligaciones (por ejemplo, falta de cobertura) o a un cambio de empresa motivado por una hipotética subida de tarifas?

En estos casos, no cabría aplicar penalización alguna, ya que se encontraría ante un supuesto de resolución contractual por incumplimiento del contrato de unas partes en el primer caso (artículo 1.124 Código Civil), y ante uno de los motivos que justifican la petición de la baja del contrato sin penalización alguna en el segundo (artículo 9º en conexión con el artículo 8º del Real Decreto 899/2009 de 22 de mayo).


Quiero dar de baja mi servicio de telefonía. ¿Cómo se lo comunico a mi proveedor?
La baja puede ser solicitada bien directamente, recomendándose en este caso que se realice a través de un correo certificado con acuse de recibo dirigido a la empresa, incluyendo en el mismo toda la documentación requerida por la empresa para tal fin (usualmente copia de DNI), o bien a través del cambio de teléfono a otro operador (proceso de preasignación o portabilidad), procedimiento a través del cual el número de teléfono pasa a una nueva compañía, dándose de baja automáticamente del operador donante a partir del momento en que el operador de origen deje de prestar efectivamente el servicio.

https://www.facua.org/es/derechos.php?Id=44

Telefonía fija: facturación y formas de pago.

¿Están regulados los precios en telefonía fija?

Existen ciertos elementos que sí están regulados para el operador que viene obligado a prestarlos como "servicio universal", es decir, Telefónica de España, S.A.U.

Dichos precios están regulados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y son los siguientes:

- La cuota de alta, la cual se abona una sola vez tras la instalación de la línea.

- La cuota de abono, es la decir, la cantidad que se abona mensualmente sin llamadas.


La compañía telefónica tiene que devolverme un importe facturado erróneamente. ¿Qué plazo máximo tienen para realizarla?

En principio no existe plazo concreto, si bien debe entenderse que el mismo debe realizarse tan pronto como sea posible, sin dilaciones indebidas. Asimismo cabe señalar, en caso de que dicha devolución se demore, la posibilidad de reclamar el pago de los intereses correspondientes.

Mi compañía telefónica me está cobrando por un servicio que, según me informaron, era gratuito. ¿Tengo derecho a que me devuelvan el importe?

La oferta, promoción y publicidad de los productos o servicios serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido. No obstante, sería necesario tener prueba de dicha oferta, promoción o publicidad, a efectos de poder acreditar su incumplimiento.

Además de la domiciliación bancaria, ¿qué otras formas de pago existen para pagar el teléfono?

En todos los contratos de telefonía debe incluirse ya el reconocimiento del derecho a la elección del medio de pago por el cual pueden optar los usuarios, entre los que deben encontrarse los comúnmente utilizados en el tráfico comercial.

El anterior titular de la línea de teléfono dejó una deuda pendiente. ¿Pueden obligarme a abonarla para darme de alta en el servicio?

Los contratos sólo producen efectos entre las partes o sus herederos, por lo que nadie puede obligarte a pagar dicha deuda, si tú no eras titular ni propietario de la línea. No obstante, siempre cabe la posibilidad de solicitar la asignación de otro número de teléfono, lo que evitará el problema de recibir llamadas que fueran a ser realizadas al antiguo propietario.

La compañía telefónica no me envía las facturas detalladas. ¿Tiene obligación de hacerlo?

Las facturas de nivel básico tienen que reflejar el periodo de facturación, la cuota mensual fija, otros cargos y cuotas mensuales fijos, detalles de todas las comunicaciones, salvo las metropolitanas de tarifa en horario normal inferior a 3 céntimos/minuto y el resto de llamadas, de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos/comunicación, así como el importe total facturado y total del IVA y el costo integral de la factura.

Asimismo, cada llamada deberá detallar el número llamado, la fecha y hora e la llamada, la duración de ésta, la tarifa aplicada y el coste total de la llamada. Cabe resaltar que las llamadas gratuitas no deben aparecer en la factura.


Si estoy en desacuerdo con la factura de teléfono recibida, ¿cómo puedo reclamar?

Todos los usuarios de telecomunicaciones pueden presentar una reclamación cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados. En primera instancia deberás dirigirte al departamento o servicio de atención al cliente de tu operador, en el plazo de un mes desde el momento en que se tenga conocimiento del hecho que la motive.

En el caso de una reclamación de facturación desde la fecha de recepción de la factura, podrás presentar tus reclamaciones por vía telefónica, a través de Internet, por correo postal, o directamente en las oficinas comerciales del operador. En todos los contratos deberá figurar el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial del operador y del departamento de atención al cliente.

Cuando los usuarios presenten la reclamación por teléfono, el operador está obligado a facilitarle un número de referencia así como a solicitar un documento que acredite la presentación y contenido de la queja o reclamación. Si en el plazo de un mes no hubieras recibido respuesta del operador o la respuesta no te satisface, podrás acudir a las siguientes vías:

-Juntas Arbitrales de Consumo.

-Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

En cualquier caso, puedes acudir a las organizaciones de consumidores y usuarios donde te asesorarán sobre tus derechos y vías para ejercitarlos.


Tengo contratado el teléfono y la línea ADSL con la misma compañía. Si no pago una de las facturas, ¿pueden cortarme el otro servicio?

En este caso, lo normal será que el cargo por ambos servicios venga reflejado en una sola factura, la cual deberá desglosar la misma por conceptos claramente diferenciadas. No obstante, el impago del cargo por los servicios de acceso a Internet sólo dará lugar a la suspensión de tales servicios. Por lo tanto, no puede suspenderse el servicio telefónico por este motivo.

La compañía telefónica con la que tengo contratado el servicio no me permite realizar el pago de mis facturas salvo por domiciliación bancaria. ¿Es correcta esta práctica?

No. En todos los contratos de telefonía debe incluirse ya el reconocimiento del derecho a la elección del medio de pago por el cual pueden optar los usuarios, entre los que deben encontrarse los comúnmente utilizados en el tráfico comercial. Por lo tanto, la empresa no podría negarse a aceptar dicho medio de pago.

Mi proveedor de teléfono me está amenazando con incluirme en una lista de morosos por no abonar una factura con la que no estoy conforme. ¿Qué puedo hacer?

En primer lugar, tendrías que plantear la reclamación con el fin de determinar la procedencia o no de la factura. En caso de que la consideres improcedente y la empresa te incluya en alguno de estos listados, habría que acudir a otras vías que determinen, en primer lugar, la procedencia legal o no de la factura y en segundo lugar, los posibles daños o perjuicios causados.

No obstante, la inscripción en cualquier tipo de fichero debe venir precedida de la existencia de una deuda cierta, vencida y exigible, y que haya sido requerida de pago previamente.

Además, los usuarios no pueden ser incluidos en dichos ficheros si se encuentra abierta una reclamación judicial, arbitral o administrativa.


Si no pago una factura de teléfono, ¿pueden cortarme la línea?
Si el retraso en el pago de la factura supera el mes, la empresa puede suspenderte temporalmente el servicio, siempre previo aviso, momento a partir del cual sólo podrás recibir llamadas y realizarlas a los servicios de emergencia. No obstante, el impago del cargo por los servicios de tarificación adicional o de acceso a Internet, sólo dará lugar a la suspensión de dichos servicios.

Transcurridos tres meses desde la suspensión de la línea sin que se haya abonado la factura, el operador podrá suspender definitivamente el servicio, lo que implicaría la posible pérdida de la numeración asignada.

https://www.facua.org/es/derechos.php?Id=47