martes, 24 de mayo de 2011

Vivienda y deducciones

El Ejecutivo ha vuelto a dar un repaso a la deducción aprobada el año pasado para ciertas obras de mejora en la vivienda habitual.

El pasado día 6 de mayo ha sido publicada el Real Decreto Ley por el cual el gobierno quiere que, en su afán de intentar contrarrestar la subida de impuestos y pretender que el ciudadano ante este miedo escénico a la crisis actual por la que está atravesando España, destine parte de sus pocos ahorros a rehabilitar y realizar obras de mejora en las viviendas de su propiedad.

Por ello el Ejecutivo (ante una medida en la que creemos la mayoría de asesores fiscales que no es suficiente, ya que se elimina para este 2011 la deducción por vivienda habitual para la mayoría de ciudadanos, y sin embargo se sacan una ley temporal poco eficaz y con muchas guisas de demagogia electoral), ha vuelto a dar un repaso a la deducción aprobada el año pasado para ciertas obras de mejora en la vivienda habitual, cuyos límites para su aplicación eran muy restrictivos y su bien hay que decir ha mejorado esta deducción.

En concreto, y entrando en cuestión, hay que manifestar que esta deducción mejorada, se concreta, en el Impuesto sobre la Renta, ya que este es el tributo por excelencia, ya que supone un 60% de los impuestos directos para el Estado, con ello todos los ciudadanos cuya base imponible sea inferior a 71.007,20 euros al año, (es decir el 96% de los españoles) podrán deducir el 20% de las obras de mejora que realicen en cualquier vivienda de su propiedad o del edificio en que esta se encuentre .

Este dato es importante, ya que solo hasta el 31 de siembre de 2012, y desde el 1 de Agosto de 2011, ciertas obras y mejores, no todas, (solo las que tengan por objeto la mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud y la protección del medio ambiente, la utilización de energías renovables, la seguridad y estanqueidad, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o que favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas), tendrán derecho a esta deducción, siempre dentro de unos límites que marca el RDL.
También tendrán derecho a la deducción las obras de instalación de infraestructuras de telecomunicaciones que permitan el acceso a Internet y a servicios de Televisión Digital Terrestre en las viviendas propiedad del contribuyente.

Es decir si un contribuyente realiza este tipo de obras en su vivienda de la playa, por importe de cuatro mil euros, tendrá derecho a una deducción en el resultado de su declaración de renta 2011, de 800 euros.

No deja de ser importante, pero habrá que adaptarse al contenido de la clase de obras que dan derecho a deducción, ya que cambiar la caldera de gas, instalar aire acondicionado, cambiar griferías, etc, no se sabe bien si entran o no en la deducción, ya que la ley es muy ambigua, y como siempre el Ejecutivo no la define bien.

Como dijo Nicolás Maquiavelo, el fin justifica los medios, otro fin perseguido por el Gobierno, que es acabar con la economía sumergida, que se cifra entorno a un 25% del total, por ello exige que dichas obras de mejora se paguen mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, transferencia bancaria, etc, pero nunca en efectivo. Con ello el Gobierno se asegura que las empresas constructoras que realizan el trabajo declaren dichas facturas conforme marca la ley.

Con todo ello, y con una definición muy confusa de lo que da derecho a deducción y lo que no, esperemos que esta deducción tenga calado en la Renta, y sirva para animar el sector de la construcción que tanto ha sufrido en los últimos años.

http://eldiadigital.es/not/21966/vivienda_y_deducciones/

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