Cuando queremos mejorar las condiciones de nuestro préstamo hipotecario (interés, requisitos, productos vinculados, etc.) y nuestra entidad financiera no acepta mejorar las condiciones, una posible solución es acudir a otra entidad que nos ofrezca una mejor hipoteca que la actual.
A esta operación se le llama subrogación y consiste en un trámite que permite cambiar la hipoteca de un banco o caja a otro, normalmente con el objetivo de conseguir una mejora en las condiciones de nuestro préstamo.
Muchas entidades financieras en su catálogo hipotecario disponen de hipotecas subrogación para atraer nuevos clientes, normalmente los intereses de estos préstamos son más atractivos, puesto que es la forma de conseguir nuevos clientes.
Si decidimos cambiar el préstamo hipotecario de banco, normalmente, buscamos las mejores hipotecas para subrogarnos que hay en el mercado:
| Hipoteca | Interés del resto de periodos | Plazo máximo | Vinculación extra |
|---|---|---|---|
| Préstamo Vivienda Bonificado La Caja de Canarias | Euribor + 0,45 | 35 años | Seguro de pagos protegidos |
| Hipoteca Uno-e Uno-e | Euribor + 0,59 | 35 años | No |
| Hipoteca Activa Plus ActivoBank | Euribor + 0,69 | 40 años | No |
| Hipoteca Naranja ING Direct | Euribor + 0,74 | 40 años | No |
| HipoteCambio db Deutsche Bank | Euribor + 0,75 | 30 años | Tarjeta de crédito (mínimo 3.000 €) |
| Ampliar hipoteca ING Direct | Euribor + 0,89 | 40 años | No |
| Hipoteca Postal BanCorreos BanCorreos | Euribor + 0,90 | 30 años | - Seguro de protección de pagos - Plan de pensiones |
| Hipoteca Rompesuelo la Caixa | Euribor + 1,00 | 25 años | Plan de pensiones |
| Hipoteca Cambio de Banco Bonificada Barclays | Euribor + 1,25 | 35 años | - Seguro de protección de pagos - Tarjeta de crédito (mínimo 2.000 €) |
| Hipoteca Bienvenida CAM | Euribor + 1,50 | 40 años | Plan de pensiones |
Los pasos que deben seguirse según la Ley41/2007 son los siguientes:
- Cuando sabemos a que hipoteca queremos subrogarnos realizamos una solicitud de la misma. Podemos hacer una subrogación sin consentimiento del banco con el que tenemos el préstamo hipotecario.
- La entidad que a la que cambiamos la hipoteca nos hace una oferta vinculante donde constarán las condiciones de la nueva hipoteca.
- Si el cliente acepta la oferta, la nueva entidad deberá notificar a la entidad acreedora nuestra disposición a subrogarnos. Ésta en un máximo de siete días naturales deberá entregar el certificado del importe de cancelación del préstamo o préstamos hipotecarios que se subroguen.
- Una vez entregada la certificación, la entidad acreedora tendrá un máximo de 15 días naturales para hacer una contraoferta que iguale o mejore la oferta vinculante.
- Si la entidad actual no hace una contraoferta, la entidad subrogada debe declarar en la escritura el pago a la acreedora del capital pendiente, intereses y comisiones.
- En el caso de que la entidad acreedora no entregue el certificado, la entidad subrogada podrá hacer el cálculo de la deuda pendiente, si hubiese un error de cálculo no repercutirá al deudor.
La ventaja de realizar una subrogación es la de mejorar las condiciones que obtenemos. Además podemos realizar otras modificaciones cuando nos subrogamos, si el nuevo banco nos lo permite:
- Ampliación o reducción del capital.
- Modificación del plazo.
- Cambiar el tipo de interés.
- Variación el sistema de amortización u otras condiciones financieras del préstamo.
- Modificación de las garantías personales.
Para poder cambiar la hipoteca a otro banco y además hacer algunas de las modificaciones comentadas la nueva entidad hará un estudio de la viabilidad de la operación y en caso afirmativo aceptará la operación.
Cuando realizamos la subrogación siempre conseguimos mejorar nuestras condiciones, hay que saber cual es un buen momento para subrogarnos, ya que supone unos costes adicionales: comisión de cancelación, gastos de notaría, gestoría y registro.
http://www.bankimia.com/blog/%C2%BFcomo-negociar-el-cambio-de-hipoteca-a-una-entidad-financiera-diferente/2011/09/13/
No hay comentarios:
Publicar un comentario